Capítulo Primero
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DE LOS INMUEBLES 623<br />
perficie. Se citan las ordenanzas de aguas y bosques de<br />
'1669 (tituló XXVII, nrt. 41), que mantienen ti los particu.<br />
lares poseedores de m"linos, en sus titulos 1 posesiones y;ilidas.<br />
Las or,lenanzas no dicen cuál es la naturaleza del de·<br />
recho que ellas mailtienen, luego nopuecle inferirse de ellas<br />
que sea un derecho de superlicie. Hay que decir, al contrario,<br />
con la corte de oasación, que no puede ser uu derecho<br />
real, porque éste implica un desmembramiento de la<br />
propiedad y ¿se concibe que se desmembre el dominio púo<br />
blico?<br />
Núm. 2. De las cosechas y frutos.<br />
419. El art. 520 establece que: «Lascosech:lS pendien·<br />
tes de las raices, y los :l'ut"S de los árboles todavía no re ..<br />
cogidos, son igualmente inmuebles.)) Debe agregarsé «por<br />
naturaleza;» la ley lo indica por la palabra igualmente, la<br />
cual 3e refiere á los dos articulas precedentes, en los que el<br />
cóJigo habla de los hienes que son inmuebles por naturaleza.<br />
Las Gosechas son inmuebles por naturaleza, porque<br />
las raíces las adhieren al suelo que las nutre, fuera del cual<br />
perecerían; luego se confunden con el suelo y toman lanaturaleza<br />
inmobiliaria de éste. Por la mism~ razón los 'lrboles<br />
son inmuebles pOI' llatUl'aleza, el art. tl21 lo dice implíci.<br />
lamenlé, y el art. 520 saca una cOtl'ecuencia del principio,<br />
declarando que los frutos de los árb01es sou inmuebles, ca·<br />
mo que son una dependencia del arbol y por consiguiente<br />
del suelo: de aqui la expresión de fr~¿tas colgantes de las<br />
1'amas, de que se sirve el art. 5815.<br />
Supuesto que las frutas 'lue cuelgan de las ramas ó de<br />
las raíces son inmuebles, siguese que la hipoteca estableci·<br />
da sobre el suelo toca también á los frutos que forman cuerpo<br />
con el suelo. Pero no se concebiría que se estableciese<br />
la hipoteca sobre los frutos sin establecerla sobre el suelo'