1148 DE LOS BIENEI miento industrial ó mercantil, se necesita, dice la corte de casación, qne los objetos mobiliarios allí colocados sean absolutamente indispensables y estén afectos directamente al servirifJ y á la explotación del fundo (1). La doctrina está de acuerdo con la jurisprudencia (2). ¿Es preciso, además de la necesidad, que las cosas se hayan colocado á perpetuidad? De antemano hemos contestado a la pregunta (núm. l¡31i). Vamos á volver á insis· tir exponiendo los principios sobre la perpetuidad. IiIiO. El propietario puede, ademá~, inmovilizar efectos mobiliarios por 'destiuo, lijandolns al fundo á perpetua estancia. Esto es lo que dice el úitimo inciso del art. 1'i2l¡. ¿Qué cosa es la perpetna estancia? El art. 525 contesta á nuestra pregunta. E,t;dJlece des le luego reglas sobre los caracteres de la perpetua estancia. «Se considera que el pr"pil~tari(l ha adherid·) á su fundo efectos á pp,rpelua e~tálll'ia, cuando e.;t~'! alianzados con yeso ó con cal ó COIl ¡,elllen!·,.)) El trabajo de maml'0stel'ía es la primera senal de la pcrjlPlu" estan"ia, es decir de la voluntad que el propietario manifiesta públicamente de inmovilizar para siempre ciBl'lo,; ol'idOS mobiliarios fijándo los al suelo_ Tal es el sentido de "sta, C'xprl'siOIlC,: se con· sidera que ellJ1'OlIÍi:/rt}'ir¡. ¿Con 'lué ollj.-to se hal.:e esta unión matBrídt La ley IlO ¡., ill'1I:;'Jr": 1"',hwriilllll'IJll! ",'rá para lJact-'l' el fl¡ndo , á~ {>I/,p··do, m,l.-; rltd. por C()lJs¡guil~[J· te, ó más flgradaiJ!f-l. Plieo ÜIl{JfJ liJ, dH';¡lUés de 10 l(-; llD porque el propietario ¡¡dhiries" :\ su I'u;¡'¡o "hielos me,billa· rias, por caprieho y sin raZlln ninguna, dej"I'la de exi,tir la inmovilización. Un mueble adheridu al fUlldo por nledio de un trabajo de mam¡: astería se identlfiea do tal suerte con 1 8eutpllcia dt1 easaeiólI, de 18 de Novit'ull,ne de 18..1.5 (Dalloz, 1846. 1, 36.) .. :2 l')rnudboL\ Del dominio privado) t. 1':', Húm. 145. HeIlllcqnill) ttL IllO 1?, p. 19.
Dl< tos HmttBLES 649 el fundo, que no hace más que una sola cosa con éi, hasta el punto de que pe " j: decirse que se vuelve in mueble por naturaléza: así se k, >",irlo, COlUO más adelanté vere· mos. Esta no es ¡¡,'," "" ":,,,Jiáu. De~todos modos, siempre es cierto que esta u" ,'nrial, íntima de un objeto mobiliario con un inrn,wi,i"
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