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decisiones, las habilidades comunicativas y el pensamiento crítico y creativo. El desarrollo de estas<br />

competencias y habilidades favorecerá en las niñas y los niños el despliegue y afianzamiento de su real<br />

autonomía y la posibilidad de romper con inhibiciones en la interacción con los otros y otras, ya sean<br />

pares y/o docentes.<br />

Una aclaración en relación a las preguntas infantiles: la actitud de los adultos y adultas frente a<br />

situaciones como la planteada al inicio de este eje es fundamental a la hora de brindar seguridad, responder<br />

a la curiosidad infantil y aprovechar hechos de la vida cotidiana para generar situaciones de<br />

aprendizaje. Niños y niñas preguntan sobre temas que los y las inquietan, que les llegan a través de<br />

mensajes difundidos por los medios masivos de comunicación, que escuchan en sus contextos familiares.<br />

Responder con claridad y sencillez forma parte de la tarea y responsabilidad de los y las docentes.<br />

En el caso de las preguntas que nos sorprenden y para las cuales necesitamos pensar la respuesta,<br />

es preciso que digamos que vamos a procurarla. La pregunta “incómoda” de la situación del intercambio<br />

puede ser respondida con las consideraciones del eje “Conocimiento y cuidados del cuerpo” (pagina<br />

23).<br />

Otras preguntas disruptivas, según los contextos, pueden ser: “¿Qué es una violación?”, “¿Qué es<br />

gay/lesbiana?”. Podemos responderlas, de manera sencilla, con explicaciones como las que siguen:<br />

“Una violación es cuando una persona obliga a otra a mantener relaciones sexuales por la fuerza, sin<br />

que la otra persona lo desee”.<br />

“Gay/lesbiana es una persona que elige como pareja sexual (novio/novia) a alguien de su mismo sexo.<br />

Por ejemplo, si es varón elige un varón para ser su novio”.<br />

Entre las habilidades que se promueven desde el Jardín, es fundamental enfatizar la adquisición y<br />

afianzamiento progresivo del lenguaje en sus diferentes contextos comunicativos. En otras palabras, el<br />

Jardín de Infantes debe favorecer el desarrollo de prácticas del lenguaje que contribuyan a una mejor<br />

integración social y a un desarrollo más pleno. Específicamente, en lo que a la Educación Sexual<br />

Integral concierne, ya nos hemos referido a la necesidad de aprender los nombres específicos de todas<br />

las partes del cuerpo, incluidos los de los genitales. La posibilidad de expresar las emociones y los sentimientos<br />

con palabras claras que permitan a los adultos acompañar a los chicos y las chicas en sus<br />

necesidades, la utilización de palabras que no sean despectivas, para manifestar disconformidad, y la<br />

no utilización de lenguaje sexista son algunas de las consideraciones que pueden tenerse a la hora de<br />

pensar cómo el desarrollo del lenguaje y la construcción de una sexualidad plena se articulan.<br />

Asimismo, a partir de este eje se fomenta trabajar en el Jardín desde la apropiación del enfoque de<br />

los derechos humanos como orientación para la convivencia social. Reconocemos la importancia de<br />

destacar, en este punto, el primer objetivo de la Educación Inicial en la Ley de Educación Nacional Nº<br />

26.206, que dice:<br />

“Promover el desarrollo de los/as niños/as de cuarenta y cinco (45) días a cinco (5) años de edad inclusive,<br />

como sujetos de derechos y partícipes activos/as de un proceso de formación integral, miembros de una<br />

familia y una comunidad” (Art. 20, inciso a).<br />

36<br />

Cuando pensamos desde la perspectiva de derechos de la infancia como marco de la Educación<br />

Sexual Integral, aludimos a la obligatoriedad del Estado de garantizar el efectivo cumplimiento de los<br />

derechos de los niños, niñas y adolescentes. A partir de la reforma constitucional de 1994, se incorporan<br />

a la misma Convenciones internacionales que particularizan derechos que no estaban comprendidos<br />

en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. La Convención sobre la Eliminación<br />

de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979) y la Convención sobre los Derechos del<br />

Niño (1989) son antecedentes a las leyes que protegen la salud sexual y reproductiva, junto con la<br />

actual Ley 26.150 de Educación Sexual Integral. El nuevo andamiaje legal y las acciones para su cumplimiento<br />

son imprescindibles para el cuidado y protección de la salud de niñas, niños y jóvenes.

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