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05-09_Libro_Practicas_Agricolas - Territorios Centroamericanos

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Buenas prácticas agrícolas para la adaptación al cambio climático Parte 312.4.1 Montos del PSAEl porcentaje y monto del PSA, se determina dependiendo de la modalidadde conservación según el Decreto Ejecutivo 34371—MINAET—2008, (comose detalla en el cuadro 12.5).Cuadro 12.5. Distribución de los pagos de los servicios ambientales del año2008Modalidades deconservaciónMontoUSD1eraño2doaño3eraño%4toaño5toañoProtección 320 20 20 20 20 20Regeneración natural 2<strong>05</strong> 20 20 20 20 20Reforestación 816 50 20 15 10 5Sistemas agroforestales 1,3/árbol 65 20 15 -- --Fuente: FONAFIFO (2008)12.4.2 Disposiciones generales del PSA■ La presentación de solicitudes de inclusión de áreas al programa de PSAes anual y el pago depende de la disponibilidad de recursos que asigne elgobierno para el siguiente período.■ Cada beneficiario paga el monto correspondiente para el trámite de laafectación a su propiedad ante el Registro Público, lo cual representa el1% del monto total a recibir por todo el contrato. También debe aportar elcomprobante, o autorizar por escrito al FONAFIFO, descontar del primerpago el monto correspondiente.■ El área mínima para ingresar al PSA es desde 2 ha en adelante para los casosde protección y manejo de bosque y de 1 ha en adelante para reforestación,y en todos los casos hasta un máximo de 300 ha por propietario.■ En el caso de los sistemas agroforestales, se ha regulado un mínimo de 350árboles por beneficiario y un máximo de 3.500.■ Los propietarios de terrenos que se acojan al PSA ceden sus derechos poresos servicios al FONAFIFO.236

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