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Mujeres - codhem

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RecomendacionesSin embargo en los Centros Preventivos yde Readaptación Social ubicados en elValle de Toluca, así como al sur y al nortedel Estado, se puede observar que elincremento de la población penitenciariaen los últimos años ha obedecido a lapráctica nada aconsejable por laexperiencia penitenciaria mexicana, detrasladar internos de alta peligrosidad yconflictividad procedentes de losestablecimientos penitenciariosasentados en el Valle de México. Esevidente que las característicasindividuales de los internos trasladadosson absolutamente distintas a las de lapoblación penitenciaria lugareña alojada,lo cual al principio propicia fricciones,después enfrentamientos y por último lacreación de grupos antagónicos queluchan por la supremacía del poder en losCentros de reclusión. Para evitar estassituaciones, es menester que en el marcode un adecuado tratamientoindividualizado, se busquen alternativas afin de evitar en la medida de lo posible eltraslado de internos del Valle de México azonas como el Valle de Toluca, el sur y elnorte del Estado.Beneficios de Libertad.Una constante detectada en el desarrollode los programas de atención a las quejasque en materia penitenciaria se reciben enla Comisión de Derechos Humanos delEstado de México, y confirmada durantelos programas de supervisiónpenitenciaria llevada a cabo por personalde este Organismo, es el reclamo de losinternos ante la demora en la concesión desus beneficios de libertad, ante esto,resulta necesario el establecimiento de unsistema computarizado de registro desentenciados, que permita conocer coneficiencia y actualización los datos sobrela situación jurídica de la poblaciónpenitenciaria.Asimismo es preciso establecer unprograma estatal de estudio penitenciario,en el cual se establezcan criterios yperfiles bien definidos, concediendoprioridad a los siguientes grupos sociales:Indígenas, mujeres, campesinos,ancianos, enfermos, jóvenes de mínimapeligrosidad con posibilidades reales dereadaptación social, y en general, a todosaquellos internos que por virtud de suparticular condición social, no hubierentenido acceso a los beneficios de libertadque la Ley concede, teniendo derecho aellos.Por otra parte, en las institucionespenitenciarias donde la limitación derecursos, el número de internos y otrosfactores impiden llevar a cabo untratamiento personalizado a lo largo detodo el internamiento, la prelibertad es elmecanismo adecuado, puesto quepermite dar, con apego a la desiderata deltratamiento readaptatorio, una atenciónindividual al sentenciado. Para realizaresta actividad, es indispensable laexistencia de una institución abierta.Importancia del Trabajo durante elTratamiento.La información general obtenida de lasvisitas realizadas por parte de personal deesta Comisión de Derechos Humanos, alos diferentes Centros de Prevención yReadaptación Social del Estado, pone demanifiesto que existe una considerablefalta de actividades laborales productivaspor ofrecer a los internos recluidos en losCentros de la entidad, lo que resultapreocupante debido a que el trabajo en losCentros de Reclusión constituye lacolumna vertebral para lograr la177

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