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Mujeres - codhem

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CODHEMRECOMENDACION NUMERO: 02/94.EXP. No. CODHEM/844/93-2Toluca, México a 12 de enero de 1994.RECOMENDACION EN EL CASO DELSEÑOR ALEJANDRO HERNANDEZTERAN.LIC. LUIS RIVERA MONTES DE OCAPROCURADOR GENERAL DEJUSTICIADEL ESTADO DE MEXICO.P R E S E N T EMuy distinguido señor Procurador:La Comisión de Derechos Humanos delEstado de México, con fundamento en losartículos 102 Apartado "B", de laConstitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos; 125 Bis de laConstitución Política del Estado Libre ySoberano de México; 1, 4, 5 fracción I, II yIII, 6, 24, fracciones VIII, 50 y 56 de la Leyque crea la Comisión de DerechosHumanos del Estado de México; 2, 8, 12,99, 100, 103 y 105 del Reglamento Internode este Organismo, los dos últimospublicados en la Gaceta del Gobierno delEstado de México, con fechas 20 deoctubre de 1992 y 20 de enero de 1993,respectivamente, con relación a la quejainterpuesta por el señor ALEJANDROHERNANDEZ TERAN y vistos lossiguientes:I. HECHOS1.- En fecha 7 de junio del año en cursoesta Comisión de Derechos Humanosdel Estado de México, recibió el escritode queja del Sr. Alejandro HernándezTerán, quien menciona algunasirregularidades en la investigaciónrealizada por el Ministerio Público yPolicía Judicial del Estado de México,pues refiere que el día 1o. de abril delpresente año, Agentes de la PolicíaJudicial detuvieron, entre otros, a sumenor hijo JIM ALBERTOHERNANDEZ CANEL, de 17 años deedad a quien con fecha 2 de abril delmismo año el Representante Social lopuso a disposición del Presidente delConsejo Tutelar para MenoresInfractores del Estado de México, porsu presunta responsabilidad en lacomisión de los delitos de Homicidio,Lesiones y Robo.De igual forma señala el quejoso quesu hijo fue indebidamente detenido yprivado de su libertad, trasgrediendo lodispuesto por el artículo 16Constitucional. También manifiestaque el Agente del Ministerio Público nointegró debidamente la indagatoria,pues sin los elementos necesariosremitió a Jim Alberto Hernández Canelal Consejo Tutelar para MenoresInfractores.2.- Con fecha 8 de junio de 1993, esteOrganismo, radicó el referido escrito,asignándole el expediente númeroCODHEM/844/93-2 e inició elcorrespondiente trámite.3.- El 15 de junio de 1993, la Dirección dePrevención y Readaptación Social delEstado de México, recibió el oficio2056/93 a través del cual estaComisión de Derechos Humanos60

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