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LA PRÁCTICA DE LA PRISIÓN PROVISIONAL EN ESPAÑA

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Procedimiento en el proceso de toma de decisiones sobre prisión provisional 31<br />

mientras no estuviere incomunicado, y valerse de él, bien para instar la pronta terminación<br />

del sumario, bien para solicitar la práctica de diligencias que le interesen, y para formular<br />

pretensiones que afecten a su situación”. Los 31 abogados encuestados afirmaron que el<br />

abogado defensor siempre está presente en las audiencias de la prisión provisional.<br />

La asistencia jurídica gratuita o designación de abogado de oficio incluye todas las diligencias<br />

necesarias para la defensa del detenido: asistencia al detenido en la comisaría o<br />

centro de detención, asistencia en la declaración judicial y en la audiencia del 505 de la<br />

LECr en caso de celebrarse, visitas a prisión, propuestas de práctica de pruebas y diligencias<br />

de investigación, preparación y asistencia al juicio oral, y ejecución de la sentencia. Es<br />

decir, que cubre todas las necesidades del imputado en un proceso penal. Pero los honorarios<br />

que la administración de justicia paga a los abogados son muy reducidos. Estos<br />

honorarios reducidos a los abogados de oficio pueden influir negativamente en el derecho<br />

de defensa, por lo que se recomienda su incremento 58 .<br />

El abogado asiste al detenido en comisaría antes de que sea puesto a disposición judicial,<br />

que debe hacerse en un plazo máximo de 72 horas desde la detención. Cuando ha sido<br />

puesto a disposición judicial el abogado acude al juzgado para asistir nuevamente a la<br />

persona detenida. De los 31 abogados que participaron en la encuesta, 23 indicaron que el<br />

juzgado les notifica el señalamiento de la declaración de su cliente en calidad de imputado<br />

y, en su caso, de la sucesiva audiencia del artículo 505 LECr, con un máximo de dos horas<br />

de antelación.<br />

4. Acceso al expediente-igualdad de armas-prueba<br />

Para la preparación de la declaración del detenido ante el juez y, en su caso, de la citada<br />

audiencia del artículo 505, el juzgado permite al abogado defensor consultar el atestado o<br />

denuncia de la policía. Por tanto, el abogado tiene derecho a acceder al expediente judicial<br />

previamente a que a su cliente se le tome declaración por el presunto delito por el que ha<br />

sido detenido y puesto a disposición judicial.<br />

Solo existe una excepción a la consulta del expediente por el abogado, y es cuando el juez<br />

de instrucción declara el secreto de las actuaciones. El artículo 302 de la LECr establece<br />

que el juez puede hacerlo por tiempo no superior a un mes debiendo alzarlo necesariamente<br />

con diez días de antelación a la conclusión del sumario. Es decir, que una vez transcurrido<br />

un mes el secreto puede ser prorrogado sucesivamente hasta la conclusión del<br />

sumario. Afortunadamente el 28 de octubre de 2015 ha entrado en vigor la reforma del<br />

artículo 302 de la LECr, que conllevará algún avance positivo, concretamente que se permitirá<br />

el acceso al abogado a los datos necesarios para impugnar la solicitud de prision<br />

provisional, aún cuando las actuaciones se hubieran declarado secretas 59 .<br />

58 Los honorarios de los abogados de oficio oscilan entre los 150 y los 350 euros aproximadamente, dependiendo<br />

del tipo de procedimiento y también de la región española, ya que las tarifas son distintas dependiendo<br />

de cada Comunidad Autónoma. Estas tarifas incluyen todas las actuaciones en el proceso, desde<br />

la detención a juicio oral, incluidas las relacionadas con la ejecución de la sentencia.<br />

59 http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-4605

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