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LA PRÁCTICA DE LA PRISIÓN PROVISIONAL EN ESPAÑA

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36 Asociación Pro Derechos Humanos de España<br />

La jurisprudencia europea establece que son excesivos los periodos de prisión preventiva<br />

entre 2 años y medio y 5 años de duración, por lo que en los expedientes analizados se<br />

habría producido una vulneración del Convenio Europeo en 3 casos 63 .<br />

Sobre si existe relación entre la prisión provisional y una mayor agilidad en las investigaciones<br />

penales, 20 de los 31 abogados encuestados afirmaron que las personas en prisión<br />

provisional no son investigadas de forma más ágil, mientras que 9 afirmaron que sí lo son.<br />

Preguntados si las personas que sufren prisión preventiva son investigadas de forma más<br />

efectiva, los 20 abogados contestaron que no.<br />

En relación con los casos de prisión provisional de larga duración, la legislación española<br />

apunta a la complejidad de la causa como única razón para justificarla. En este sentido,<br />

mientras que 6 de los 31 abogados encuestados afirmaron que la larga duración puede<br />

deberse a la complicación de la instrucción por el tipo de delito (los denominados macrojuicios),<br />

otros 6 abogados afirmaron que la complejidad casi nunca es el verdadero motivo.<br />

Concretamente, expusieron que los retrasos no se deben a que se practiquen muchas<br />

diligencias, sino a dilaciones indebidas por diferentes motivos: burocracia y lentitud de la<br />

justicia, no todos los juzgados disponen de medios adecuados para la investigación, falta<br />

de utilización de medios informáticos y nuevas tecnologías, o trabajo excesivo del juzgado.<br />

Todo lo cual motiva que a veces se tenga que decretar la libertad provisional por no<br />

poder celebrarse el juicio oral dentro de los plazos máximos de la prórroga.<br />

Para reducir los casos de prisión provisional de larga duración, se recomienda que en los<br />

casos que se están investigando en los que concurran causas para mantener la prisión provisional,<br />

se adopten medidas para agilizar la investigación y proceder al enjuiciamiento<br />

con la máxima celeridad, como por ejemplo el establecimiento de plazos máximos para la<br />

celebración del juicio. Además la ley debería reformarse para reducir los plazos máximos<br />

de duración de la prisión provisional, de forma que las investigaciones sean más rápidas.<br />

63 PB v France, App 38781/97, 1 August 2000, para 34, available at: http://hudoc.echr.coe.int/sites/eng/<br />

pages/search.aspx?i=001-63639

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