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LA PRÁCTICA DE LA PRISIÓN PROVISIONAL EN ESPAÑA

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52 Asociación Pro Derechos Humanos de España<br />

Existen obstáculos para la revisión efectiva de la prisión provisional, como se desprende<br />

de las herramientas de análisis utilizadas.<br />

23 de los 31 abogados encuestados afirmaron que a pesar de poder solicitar la revisión<br />

tantas veces como deseen, existen obstáculos en la práctica para que la revisión no sea<br />

meramente formal sino de fondo; es decir, para que sea efectiva. Concretamente afirmaron<br />

que los jueces son muy poco permeables a nuevos razonamientos, manteniendo en general<br />

la prisión provisional acordada en un primer momento, pesando más la gravedad de la<br />

pena y el riesgo de fuga que las circunstancias personales. Por tanto, se impone el automatismo,<br />

el cual se hace también evidente en las prórrogas, al ser habitual que transcurrido<br />

el plazo máximo de 2 años se prorrogue de forma bastante automática exponiendo que<br />

“persisten los mismos elementos que motivaron la prisión provisional”.<br />

Esta afirmación de los abogados es parcialmente coincidente con lo manifestado por jueces<br />

entrevistados. En este sentido, algunos de los jueces afirmaron que disponen la prisión<br />

provisional de forma muy excepcional pero que en los que casos en que la disponen es<br />

difícil que varíen su criterio salvo que, por ejemplo, se cuestione la autoría de los hechos<br />

en tanto que aparezca otro posible culpable, o se aprecie que concurre una atenuante que<br />

supone la reducción de la posible pena a imponer. El automatismo en las prórrogas también<br />

se desprende de las entrevistas a 2 de los fiscales, al mostrar preocupación por no<br />

exceder los plazos legales pero sin aludir a la valoración de las circunstancias personales.<br />

Además, el examen de expedientes también permite confirmar que las revisiones de la prisión<br />

provisional no resultan lo suficientemente efectivas. Ya que entre los casos que fueron<br />

objeto de una primera revisión se acordó la libertad provisional en el 25%, pero en las posteriores<br />

revisiones (hasta 4 en algunos de los casos) se mantuvo la prisión provisonal en el<br />

85% de los casos 77 . Del 25% de los casos en que fue concedida la libertad provisional, en la<br />

mitad de los casos se fundamentó porque se generaron dudas sobre la autoría de los hechos,<br />

mientras que en la otra mitad se consideró que ya no existía riesgo de fuga al aportar la<br />

defensa pruebas de que tenía domicilio conocido, o bien se impuso alguna otra medida<br />

menos gravosa para mitigar el riesgo de fuga, como el pago de una fianza.<br />

En ninguna de las revisiones el fiscal aportó pruebas o nuevas evidencias, mientras que el<br />

abogado defensor lo hizo en 2 casos.<br />

77 Los datos desglosados son los siguientes:<br />

Más del 70% de los casos en que se había acordado la prisión provisional en la audiencia inicial fueron<br />

objeto de una primera revisión. La prisión provisional fue mantenida en el 73% de los casos revisados,<br />

disponiéndose la libertad provisional con medidas alternativas en un 25%, mientras que en un caso se<br />

dispuso prisión provisional por haber quebrantado medidas alternativas previas. La estimación de nuevas<br />

pruebas aportadas por las defensas es el elemento común en la mayoría de los autos que resuelven<br />

las primeras revisiones decretando la libertad provisional.<br />

Respecto a 9 de los casos en los que se dispuso mantener la prisión tras la primera revisión (38%), se realizó una<br />

segunda revisión. En todos los casos se mantuvo la prisión provisional. 6 de las 9 decisiones fueron apeladas por<br />

las defensas, y otra fue revisada por requerimiento legal derivado del tiempo de duración de la prisión provisional,<br />

lo que dio lugar a una tercera revisión, cuyo resultado también fue mantener la prisión provisional.<br />

Sobre esos mismos 7 casos se solicitó una cuarta revisión, manteniéndose la prisión provisional en 6<br />

casos y acordando la libertad provisional con medidas alternativas en un caso. La decisión de prisión fue<br />

recurrida en 4 casos, pero se mantuvo la prisión en todos ellos, obteniéndose la libertad provisional en<br />

uno de estos 4 casos durante una revisión posterior.

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