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observatorio electoral venezolano caracas 2016

Libro-El-Sistema-Electoral-Venezolano-OEV-v.-12-ABR-2016-FINAL

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Paralelo a este importante reconocimiento es necesario también dejar consignadas<br />

algunas críticas que reducen la eficacia de esa actuación de la sociedad civil<br />

y, en algunas oportunidades, más frecuentes que las deseables, hacen literalmente<br />

nugatoria su presencia. Para referirnos específicamente a la situación de la integración<br />

del Comité de Postulaciones Electorales, el hecho de que la mayoría del organismo<br />

esté integrada por diputados coloca en situación de desigualdad al resto de los<br />

miembros, le proporciona una fuerte carga partidista, de los distintos matices que<br />

estos sean, y coloca en manos de quienes tienen los resortes administrativos todo<br />

el control del funcionamiento del Comité. De igual manera, cuando se establece en<br />

el Reglamento Interno del Comité de Postulaciones Electorales (en el caso analizado<br />

corresponde al Artículo 5), que las decisiones se adoptan por mayoría, se obvia la<br />

posibilidad de encontrar el consenso en la escogencia de los postulados o postuladas,<br />

indispensable en estos casos por la naturaleza de la función que habrán de desempeñar<br />

los candidatos o candidatas propuestos para rectores o rectoras. Se impone<br />

entonces el interés partidista por sobre la necesidad de constituir un organismo<br />

de sólido respaldo y generador de confianza para todo el país. A estas condiciones<br />

mencionadas habría que añadir la circunstancia, con frecuencia repetida, de que<br />

después del trabajo realizado por los Comités de Postulaciones Electorales, la Asamblea<br />

Nacional que debería hacer el máximo esfuerzo por alcanzar un consenso que<br />

ofrezca seguridad a todos, declara la omisión parlamentaria y transfiere la decisión<br />

al Tribunal Supremo de Justicia, cuerpo judicial que no ha tenido ninguna participación<br />

en un proceso de tanta importancia para el buen desempeño de una de las columnas<br />

del sistema democrático de un país, como es en este caso, el Consejo Nacional<br />

Electoral. A riesgo de parecer reiterativo, las condiciones de competencia, profesionalismo<br />

e independencia política son indispensables para proporcionar garantía<br />

y confianza en partidos y ciudadanos de parte del organismo que tiene en sus manos<br />

la realización de los procesos para la elección de los principales poderes del Estado,<br />

el Ejecutivo y el Legislativo. Al final del proceso los representantes de la sociedad civil<br />

pueden terminar con la sensación de haber cumplido una función cuasi decorativa,<br />

es decir, de acompañantes de quienes tienen el verdadero poder<br />

pág. 87<br />

Conviene culminar esta reflexión afirmando que es lamentable que exista una<br />

gran distancia entre la voluntad del legislador, que se propuso dar un cierto protagonismo<br />

a la sociedad civil, en la búsqueda de un ideal de participación de sectores diferentes<br />

a los predominantemente políticos, en las decisiones sobre cuestiones de<br />

interés crucial para la República, y la cruda realidad de los intereses partidistas de<br />

quienes dirigen el Estado, con vocación hegemónica, que terminan por limitar severamente<br />

la presencia y la actuación de la sociedad civil. Vuelve a ser pertinente recu-<br />

El comité de postulaciones <strong>electoral</strong>es<br />

¿Invitación a la sociedad civil a ser protagonista?<br />

josé maría cadenas

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