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III CONGRESO DE UPYD ESTATUTOS

Estatutos-III-Congreso

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<strong>III</strong> <strong>CONGRESO</strong> <strong>DE</strong> <strong>UPYD</strong> — <strong>ESTATUTOS</strong><br />

Territorial o, en su caso, el Consejo Político Territorial, y ratificación por el Consejo<br />

Político.<br />

d) Coordinar y dirigir las relaciones del Partido con todo tipo de instituciones,<br />

asociaciones, sindicatos, corporaciones y en general grupos sociales de su ámbito<br />

territorial.<br />

e) Proponer al Consejo de Dirección, tras la aprobación de la Asamblea Territorial o, en<br />

su caso, el Consejo Político Territorial, y en coordinación con los representantes y<br />

grupos institucionales correspondientes, la política de alianzas con otras fuerzas<br />

políticas en el ámbito de todas las instituciones de la Comunidad o Ciudad Autónoma,<br />

incluyendo en su caso las de ámbito provincial y local.<br />

f) Coordinar la labor de las Agrupaciones Locales, Comarcales y Provinciales de su<br />

ámbito y de sus representantes institucionales, marcando líneas comunes de actuación<br />

política y arbitrando en los posibles conflictos y discrepancias que pudieran surgir.<br />

g) Dirigir la gestión económica y administrativa del Partido en su ámbito territorial, bajo<br />

la supervisión y control del Consejo de Dirección y la Gerencia del Partido.<br />

h) Elaborar el Presupuesto Anual del Partido en su ámbito territorial, sobre la base de las<br />

directrices generales establecidas por el Consejo de Dirección, que deberá ir<br />

acompañado de una Memoria explicativa, para su aprobación por la Asamblea<br />

Territorial o, en su caso, el Consejo Político Territorial y posterior traslado al Consejo<br />

de Dirección.<br />

i) Dirigir la tarea de implantación y expansión del Partido en la Comunidad Autónoma,<br />

proponiendo al Consejo de Dirección la creación de las correspondientes<br />

Agrupaciones Locales, Comarcales y Provinciales, y designando en su caso a los<br />

Delegados Municipales, Comarcales y Provinciales tras consulta no vinculante a los<br />

afiliados de su ámbito.<br />

j) Acordar, en función de las necesidades de su ámbito de actuación y el desarrollo del<br />

Partido en la Comunidad o Ciudad Autónoma correspondiente, la delegación de<br />

funciones en personas distintas de los miembros del Consejo Territorial, para que<br />

apoyen la labor de éstos y crear, de esta forma, equipos de trabajo orgánico eficaces<br />

y evitando, si así se entiende necesario, la sobrecarga en las tareas de los miembros<br />

del Consejo Territorial.<br />

k) Recabar de los órganos territoriales del Partido de ámbito inferior cuanta información<br />

considere necesaria y, en caso de urgente necesidad para restablecer la actividad<br />

normal del Partido, proponer al Consejo de Dirección medidas de intervención en<br />

alguno de estos órganos.<br />

l) Desarrollar, en coordinación con los órganos correspondientes y bajo su dirección, las<br />

campañas electorales que se celebran en su ámbito geográfico, para lo que podrá<br />

delegar la totalidad o parte de sus funciones en los correspondientes Comités de<br />

Campaña de ámbito provincial, comarcal o local.<br />

m) Crear y dirigir los Grupos de Trabajo sectoriales de ámbito autonómico que considere<br />

oportunos, cuya labor deberá coordinarse con la de los Grupos de Trabajo de carácter<br />

nacional y la de los representantes institucionales.<br />

n) Realizar el seguimiento político y el control de la labor del Gobierno autonómico y<br />

demás instituciones autonómicas, con pleno respeto a la independencia de los grupos<br />

institucionales, si hubiera.<br />

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