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REVISTA Derecho Romano

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hereditario, el remanente no pasaba al heredero ab intestato, sino que<br />

acrecía a los instituidos. No es este el criterio seguido por nuestro<br />

Código civil, que en el párrafo 3 del artículo 658 prescribe que "la<br />

sucesión también podrá deferirse en una parte por voluntad del hombre,<br />

y en otra parte por disposición de la ley".<br />

Adquisición de la herencia<br />

En ciertos casos la herencia se adquiere de pleno derecho en el momento<br />

mismo de deferirse. Pero por regla general la adquisición de la herencia exige<br />

la manifestación de la voluntad de la persona llamada a la sucesión. Se<br />

distinguen, desde este punto de vista, tres clases de herederos, a saber:<br />

heredes<br />

necessarii,<br />

heredes sui et<br />

necessarii,<br />

heredes extrane<br />

ivelvoluntarii.<br />

Clases<br />

herederos<br />

de<br />

Herederos necessarii: Los herederos necessarii son los esclavos<br />

instituidos por sus patronos y manumitidos en virtud del testamento; no<br />

pueden repudiar la herencia, la cual adquieren de pleno derecho, aun sin<br />

saberlo, en el mismo momento en que se abre a su favor. Los esclavos<br />

instituidos por sus patronos, pero manumitidos antes de la muerte del<br />

testador, no son herederos necesarios, sino que pueden adquirir o<br />

rechazar la herencia.<br />

Herederos sui et necessarii: Se llaman herederos sui et necessarii, los hijos<br />

que están sometidos a la patria potestad del de cuius en el momento de la<br />

muerte de éste. Los herederos sui et necessarii adquieren la herencia de pleno<br />

derecho, aun sin su noticia, y el derecho civil no les permitía renunciarla. El<br />

pretor modificó este principio permitiéndoles hacer uso del “beneficiu<br />

mabstinendi”.<br />

Herederos extraños: Los herederos extraños son los no sometidos a la<br />

potestad del difunto, y se llaman también voluntarios (heredes extrane<br />

ivelvoluntarii), porque no adquieren la herencia sino mediante la aceptación.<br />

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