RIESGOS DEBIDOS A LA ELECTRICIDAD ESTÁTICA
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La evaluación debe ser global, valorando en su conjunto los equipos existentes,<br />
las características de construcción de los mismos, las materias utilizadas, las condiciones<br />
de trabajo y los procedimientos así como las posibles interacciones de<br />
estos elementos entre sí y con el entorno de trabajo.<br />
En la figura 23 se muestra un ejemplo de esquema de trabajo que puede servir<br />
para efectuar la evaluación y control del riesgo de ignición debido a la electricidad<br />
estática.<br />
Para la realización de la evaluación de riesgos también se deberán tener en cuenta<br />
las disposiciones específicas establecidas en el Real Decreto 486/1997 (véase el<br />
punto 5.2 de este documento).<br />
7. MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE PROTECCIÓN<br />
Al igual que con cualquier otro riesgo, el establecimiento de las medidas de prevención<br />
y protección frente al riesgo derivado de las descargas electrostáticas en<br />
los centros de trabajo pasa por seguir lo establecido en el artículo 15.1 de la Ley<br />
31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales:<br />
“1. El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención<br />
[…], con arreglo a los siguientes principios generales:<br />
a Evitar los riesgos<br />
b. Evaluar los riesgos que no se puedan evitar<br />
c. Combatir los riesgos en su origen<br />
d. Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción<br />
de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y<br />
los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar<br />
el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la<br />
salud<br />
e. Tener en cuenta la evolución de la técnica<br />
f. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro<br />
g. Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre<br />
en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo,<br />
las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el<br />
trabajo<br />
h. Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual<br />
i. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores”.