1.1 Identidad, alteridad, conflict - Cecyte
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protección de Los Derechos Individuales. Y quizá lo más específico de este<br />
cambio fue "el derecho a la búsqueda de la felicidad", con el reconocimiento del<br />
valor ético de los intereses particulares como condición necesaria para el<br />
reconocimiento jurídico y político de Los Derechos Individuales.<br />
Clasificación de los derechos individuales<br />
Aunque los derechos considerados como individuales o fundamentales varían<br />
en función de cada país, según lo expresado por cada Constitución, el derecho<br />
internacional de los derechos humanos ha tendido a consensuar aquellos de<br />
mayor entidad, por ejemplo en la Declaración Universal de Derechos Humanos<br />
o el de las Convenciones o el Pacto Internacional de Derechos Civiles y<br />
Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y<br />
Culturales.<br />
Bien por su evolución histórica o por estar recogidos en dos convenciones<br />
internacionales distintas es por lo que se suelen clasificar los derechos<br />
individuales (o fundamentales) en dos grandes grupos:<br />
• derechos de primera generación, como el derecho a la vida, a la<br />
integridad personal, a la libertad individual, a la libertad de expresión, a<br />
la libertad de reunión, a la igualdad ante la ley, derecho a la Propiedad,<br />
etc.<br />
• derechos de segunda generación, así llamados porque reciben<br />
reconocimiento constitucional después de la Primera Guerra Mundial y<br />
que se refieren sobre todo a los derechos sociales, como derecho al<br />
trabajo, derecho a la salud, derecho a la educación, derecho a la<br />
seguridad social, etc.<br />
Existe una incompatibilidad de naturaleza entre los derechos de primera y<br />
segunda generación. Así como los primeros son derechos negativos, que<br />
obligan al resto de la sociedad (o a los gobernantes) a no atacar o coartar<br />
dichas libertades, los de segunda generación son derechos positivos que<br />
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