los 21 temas del compañero mason
los 21 temas del compañero mason
los 21 temas del compañero mason
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Entre Masones Biblioteca LOS <strong>21</strong> TEMAS DEL COMPAÑERO MASON 101<br />
CONSTITUCIÓN DE UNA MUY RESPETABLE GRAN<br />
LOGIA DE LIBRES Y ACEPTADOS MASONES<br />
CAPITULO I<br />
DE LOS CANDIDATOS<br />
Art. 1. Para ser iniciado masón y poder gozar de <strong>los</strong> derechos inherentes a ese honroso<br />
título, se requiere<br />
I.- Haber sido propuesto en una Logia regular por tres Maestros Masones de la misma.<br />
II.-Tener la edad de veintiún años o la de dieciocho si se justifica ser hijo de masón.<br />
En todo caso debe residir el solicitante en la jurisdicción de la Logia en que fuere<br />
propuesto.<br />
III.- Poseer la instrucción y la inteligencia necesarias para comprender y practicar las<br />
virtudes masónicas.<br />
IV.-Contar con medios de subsistencia suficientes para sufragar las necesidades<br />
personales, las de <strong>los</strong> miembros de la familia que estuviere a su cargo y un pequeño<br />
excedente para el ejercicio de la caridad.<br />
V.-No haber sido condenado por <strong>los</strong> tribunales profanos como autor de <strong>del</strong>itos<br />
especificados en las leyes penales, con excepción de <strong>los</strong> políticos.<br />
VI.-Ser de reputación y de costumbres irreprochables.<br />
VII.-No pertenecer a ninguna sociedad secreta opuesta a <strong>los</strong> fines de la Masonería.<br />
CAPITULO II<br />
DE LOS MASONES EN GENERAL<br />
Art. 2.- Son <strong>mason</strong>es todos les que hayan visto la Gran Luz en alguna Logia<br />
constituída con sujeción a uno de <strong>los</strong> ritos reconocidos por ia Franc<strong>mason</strong>ería Universal.<br />
Art. 3.-El acto de la iniciación determina la invesdura masónica.<br />
Art. 4. Les <strong>mason</strong>es se clasifican en regulares e irregulares.<br />
Art. 5.-Es masón regular:<br />
I.-El que cumple con la obligación fundamental de pertenecer como miembro activo y<br />
contribuyente a una Logia constituida legalmente, siempre que ésta ejecute sus trabajos<br />
de conformidad con <strong>los</strong> antiguos usos y costumbres de la Masonería Simbólica.<br />
II.-El que estando inscrito como miembro activo y contribuyente en una Logia,<br />
deja de concurrir a ella y de contribuir a su sostenimiento temporalmente, por<br />
enfermedad, penuria u otra causa justificada a juicio de su Logia y en <strong>los</strong> terminos que<br />
<strong>los</strong> estatutos generales lo permitan..<br />
111.-El que esté dispensado temporalmente y por acuerdo de su Logia <strong>del</strong> pago de<br />
cuotas, y concurra a <strong>los</strong> trabajos de su taller, o fuera de él desempeña comisiones<br />
masónicas que su Logia o la Muy Respetable Gran Logia la confiera.<br />
IV.-El que temporalmente deja de asistir a <strong>los</strong> trabajos con permiso de su Taller y<br />
contribuye al sostenimiento de él, con el pago de sus cuotas o con donativos voluntarios<br />
de mayor valor que el cómputo de esas cuotas en el término de un año.<br />
V.-El que ha sido declarado miembro libre, con sujeto a lo que esta Constitución<br />
establece.<br />
http://entre<strong>mason</strong>es.blogspot.com