02.07.2013 Views

los 21 temas del compañero mason

los 21 temas del compañero mason

los 21 temas del compañero mason

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Entre Masones Biblioteca LOS <strong>21</strong> TEMAS DEL COMPAÑERO MASON 120<br />

relación con el estado <strong>del</strong> Tesoro, documentos y demás asuntos de su especial conocimiento.<br />

IX.-Depositar, de acuerdo con el Muy Respetable Gran Maestro y el Gran Secretario, en<br />

un Banco, las cantidades que excedan de la parte prudente que ha de retener para cubrir el<br />

presupuesto ordinario de gastos de cada mes, y que fijará la Muy Respetable Gran Logia<br />

en cada sesión anual.<br />

X.-Proponer al Muy Respetable Gran Maestro, a la Muy Respetable Gran Logia o a la<br />

Gran Comisión de Hacienda, todo cuanto redunde en beneficio de <strong>los</strong> intereses de la Muy<br />

Respetable Gran Logia o facilite el despacho de la oficina.<br />

XL-Firmar las Cartas Patentes y Diplomas de Maestros Masones.<br />

Art. 80.-El Gran Tesorero disfrutará una gratificación mensual, cuyo monto acordara<br />

la Muy Respetable Gran Logia o, en su defecto, el Muy Respetable Gran Maestro.<br />

Art. 81. El Primer Gran Diácono estará encargado de transmitir las órdenes<br />

<strong>del</strong> Muy Respetable Gran Maestro, cuando la Muy Respetable Gran Logia esté en<br />

trabajos; El Segundo tiene las mismas obligaciones con respecto al Primer Gran<br />

Vigilante y estará encargado de la entrada <strong>del</strong> interior <strong>del</strong> Templo, y ambos<br />

substituirán por su orden a <strong>los</strong> Grandes Maestros, Representantes de potencias<br />

Masónicas y de examinar a <strong>los</strong> visitadores, así como de vigilar las votaciones.<br />

Art. 83. Las demás grandes Oficiales están obligados a desempeñar las funciones<br />

de sus respectivos cargos, de acuerdo con las fórmulas litúrgicas y con lo<br />

preceptuado en <strong>los</strong> Reglamentos Generales.<br />

Art. 84.-Los Grandes Oficiales Adjuntos desempeñarán las funciones<br />

encomendadas a <strong>los</strong> propietarios, a falta de éstos.<br />

CAPITULO XIII<br />

DE LOS DIPUTADOS GRANDES MAESTROS DE DISTRITO<br />

Art. 85.-Sólo habrá Diputados Grandes Maestros de Distrito en <strong>los</strong> Orientes foráneos, y<br />

sus facultades y deberes serán:<br />

I.-Cumplir las comisiones especiales que reciban <strong>del</strong> Muy Respetable Gran Maestro.<br />

II.- Visitar las Logias de su Distrito o inspeccionar su trabajo, tantas veces cuantas les<br />

sea posible, presidiéndolas, en caso necesario, si así lo cree conveniente.<br />

III.- Revestirse con todas las facultades <strong>del</strong> Muy Respetable Gran Maestro en casos<br />

muy urgentes, dando cuenta inmediata de las determinaciones adoptadas.<br />

IV.-Instruir a las Logias y a sus miembros, cuando lo soliciten.<br />

V.-Rendir a la Muy Respetable Gran Logia un informe, en la última decena de <strong>los</strong><br />

meses de diciembre, marzo y agosto, que comprenda la situación general que guarda la<br />

Institución en su Distrito.<br />

VI.-Proponer a la Muy Respetable Gran Logia cuanto estime justo y conveniente<br />

para la buena marcha de la Masonería en sus respectivos Distritos.<br />

CAPITULO XIV<br />

DE LAS GRANDES COMISIONES<br />

Art. 86.-E1 Muy Respetable Gran Maestro nombrará, como lo indica el artículo 54 de<br />

esta Constitución, las siguientes Grandes Comisiones, que tendrán el carácter de<br />

permanentes<br />

I.-De Relaciones.<br />

II.-De Gobernación.<br />

http://entre<strong>mason</strong>es.blogspot.com

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!