02.07.2013 Views

los 21 temas del compañero mason

los 21 temas del compañero mason

los 21 temas del compañero mason

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Entre Masones Biblioteca LOS <strong>21</strong> TEMAS DEL COMPAÑERO MASON 124<br />

señaladas en <strong>los</strong> incisos VI, VII y VIII.<br />

II.- Veinte por ciento adicional sobre las cuotas comprendidas en el mismo artículo<br />

señaladas en <strong>los</strong> incisos XII, XIII y XIV.<br />

111.-El importe íntegro que causen las dispensas de tiempo para pasar de un grado a<br />

otro.<br />

IV.-Una Cuota fija, que no será menor de veinticinco centavos mensuales, que pagaran<br />

las Logias por cada uno de sus miembros que tengan derechos de activos, exceptuando<br />

únicamente por tiempo limitado, que se comunicará a la Muy Respetable Gran Logia al<br />

día siguiente de tomarse el acuerdo respectivo, a <strong>los</strong> hermanos enfermos o en<br />

condiciones económicas que les impidan pagar sus cuotas. Al efecto serán computados<br />

el dia último de cada mes por <strong>los</strong> Secretarios de ias Logias, según sus registros, y el<br />

cómputo será enviado a la Gran Secretaría de la Muy Respetable Gran Logia para su<br />

comprobación, la que, una vez verificada, se comunicará al Grani Tesorero para que haga<br />

efectiva la suma correspondiente.<br />

Las Logias foráneas remitirán el importe de esas cuotas juntamente con el cómputo<br />

mensual, quedando sujetas a aprobación o rectificación.<br />

V.-El Saco de Beneficencia de ias sesiones de la Muy Respetable Gran Logia, el que<br />

se corra en las tenidas blancas o de banquete que las Logias o la Muy Respetable Gran<br />

Logia celebren y <strong>los</strong> donativos voluntarios u otros ingresos extraordinarios que se<br />

obtengan, por las Grandes Comisiones de Administración y Beneficencia u otra<br />

cualquiera. Los arbitrios considerados en este artículo por ningún motivo podrán ser<br />

condonados o reducidos. Una ley especial determinará la inversión y administración de<br />

<strong>los</strong> fondos destinados al fomento de la Beneficencia, cuidando de darle una<br />

organización comercial, asi como de su absoluta independencia respecto a <strong>los</strong> fondos<br />

generales de la Gran Logia.<br />

Art. 101. La Muy Respetable Gran Logia percibirá de las Logias Jurisdiccionadas y<br />

de <strong>los</strong> miembros que las constituyen, <strong>los</strong> siguientes derechos:<br />

I.-Por una Carta Patente en Oriente donde haya Logia o Logias establecidas.<br />

II.-Por una Carta Patente en Oriente donde no exista ninguna Logia.<br />

III.- Por poner en actividad un Taller en sueños, en Oriente donde haya otra Logia<br />

o Logias establecidas.<br />

IV.-Por poner en actividad un Taller en sueños, en Oriente donde no haya Logia<br />

o Logias.<br />

V.-Por reposición de Cartas Patentes.<br />

VI.-Por cada iniciación al primer grado.<br />

VII.-Por cada aumento de salario al segundo.<br />

VIII.- Por cada aumento de salario al tercer grado.<br />

IX.-Por cada afiliación al primer grado:<br />

X.-Por cada afiliación al segundo grado.<br />

XI,-Por cada afiliación al tercer grado;<br />

XII.-Por cada regularización al primer grado.<br />

XIII.- Por cada regularización al segundo grado.<br />

XIV.-Por cada regularización al tercer grado.<br />

XV.-Por cada diploma de Maestro Masón.<br />

XVI.-Por el Registro de cada diploma.<br />

XVII.-Por derechos sobre cuota mensual cubierta por cada hermano.<br />

XVIII.-Por cada certificado que se solicite.<br />

XIX.-Por cuota fija mensual por cada Logia domiciliada fuera de la Capital, para<br />

gastos generales.*<br />

http://entre<strong>mason</strong>es.blogspot.com

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!