los 21 temas del compañero mason
los 21 temas del compañero mason
los 21 temas del compañero mason
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Entre Masones Biblioteca LOS <strong>21</strong> TEMAS DEL COMPAÑERO MASON 122<br />
VII.-Ejecutar todas las órdenes que reciba <strong>del</strong> Muy Respetable Gran Maestro<br />
en relación con obligaciones no especificadas en esta ley y que tengan por origen<br />
intereses que se confían a su cuidado.<br />
Art. 88.-E1 Muy Respetable Gran Maestro, en casos imprevistos nombrará<br />
comisiones especiales, que deberán recaer siempre en Maestros Masones de la<br />
Jurisdicción.<br />
Art. 89.-Las Grandes Comisiones de Relaciones tendrán las funciones<br />
siguientes:<br />
I.-Estudiar y proponer a la Muy Respetable Gran Logia el establecimiento de<br />
relaciones con todas las Potencias Masónicas Regulares.<br />
II.-Proponer las innovaciones que a su juicio puedan adoptarse en la<br />
Jurisdicción.<br />
II.- Dictaminar acerca de <strong>los</strong> asuntos que les sean turnados en consulta por la<br />
Muy Respetable Gran Logia o por el Muy Respetable Gran Maestro.<br />
1V:-Enviar noticia a la Gran Secretaría de todo lo que consideren digno de<br />
figurar en la memoria de la Muy Respetable Gran Logia.<br />
Art. 90.- Compete a la gran Comisión Instructora:<br />
I.-Instruir, bajo las condiciones y términos que establece la Ley, <strong>los</strong> procesos que<br />
se formen contra <strong>los</strong> miembros de la Muy Respetable Gran Logia, en concepto de tales.<br />
II.- Instruir <strong>los</strong> procesos que se formen contra las Logias de la Jurisdicción o sus<br />
Dignatarios.<br />
Art. 91.-Es de la competencia de la Gran Comisión de Puntos Constitucionales:<br />
I.-Resolver todas las consultas que se le sometan a su estudio o dificultades<br />
que se susciten, en lo referente a la interpretación de las disposiciones<br />
constitucionales.<br />
II. Estudiar las iniciativas de reformas a las leyes que presenten las Logias o<br />
bien iniciar aquellas que crea convenientes.<br />
III.- Dictaminar acerca de las diferencias que se susciten entre Logias<br />
Jurisdiccionadas.<br />
Art. 92.-Es de la competencia de la Gran Comisión de Gobernación<br />
I.- Recoger y coleccionar cuantos datos le sea posible adquirir acerca de <strong>los</strong><br />
procedimientos masónicos que se observen fuera o dentro de la República.<br />
II.-Presentar iniciativas tendentes al mejoramiento general de la Institución, muy<br />
principalmente sobre unificación de la labor de las Logias, para que formen un todo<br />
homogéneo.<br />
III.- Dictaminar acerca de cuanto le turnen en consulta de la Muy Respetable Gran<br />
Logia o el Muy Respetable Gran Maestro.<br />
Art. 93.-Corresponde a la Gran Comisión de Hacienda<br />
I.-Examínar <strong>los</strong> Cortes de Caja trimestrales, semestrales, y balanza anual que<br />
presente el Gran Tesorero.<br />
III.- Exigir, cuantas veces lo estime oportuno y necesario, la presentación de libros y<br />
comprobantes, libreta de cheques de banco, documentos que representen valores o<br />
inversión de <strong>los</strong> fondos de la Muy Respetable Gran Logia.<br />
IV.-Presentar el dictamen, por escrito, <strong>del</strong> resultada de sus investigaciones,<br />
proponiendo lo que, en lo relativo a contabilidad y administración de caudales, estime más<br />
conveniente.<br />
Art. 94.-Corresponde a la Gran Comisión de Beneficencia<br />
I.-El estudio de las peticiones de auxilio que se hagan a la Muy Respetable Gran<br />
Logia o al Muy Respetable Gran Maestro, tomando cuantas informaciones crea<br />
oportunas y proponiendo la forma en que se ha de prestar el referido auxilio, en el caso<br />
http://entre<strong>mason</strong>es.blogspot.com