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los 21 temas del compañero mason

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Entre Masones Biblioteca LOS <strong>21</strong> TEMAS DEL COMPAÑERO MASON 95<br />

semejante ley.<br />

Por consiguiente, está muy propiamente clasificado entre <strong>los</strong> más antiguos<br />

Landmarks. El puesto de Guardatemplo es totalmente independiente de todo acuerdo<br />

especial legislativo de una Gran Logia, o de logias subordinadas; aunque éstas pueden<br />

prescribir y han prescrito para el Guardatemplo deberes adicionales, que varían según, las<br />

diferentes jurisdicciones; pero el deber de guardar la puerta <strong>del</strong> Templo, evitando<br />

que se escuche lo que pasa interiormente, es uno muy antiguo y que constituye un Landmark<br />

para su gobierno.<br />

LANDMARK XII<br />

El derecho representativo de todo masón en todas las reuniones generales de la<br />

fraternidad y la instrucción correspondiente a sus representantes, es un duodécimo<br />

Landmark.<br />

Anteriormente estas reuniones generales que se celebraban una vez al año, eran<br />

llamadas "Asambleas Generales", y a toda la Fraternidad, hasta el más joven aprendiz,<br />

erale permitido asistir a ellas. Ahora son llamadas Gran Logia, a las que<br />

solamente son citados <strong>los</strong> Venerables y Vigilantes de las logias subordinadas.<br />

Pero esto es simplemente como representantes de <strong>los</strong> miembros de éstas.<br />

Anteriormente cada masón era representado por sí mismo; ahora es<br />

representado por sus oficiales. Esta fue una concesión hecha el año de 1717, y por<br />

supuesto en nada afecta la integridad <strong>del</strong> Landmark, porque el principio de<br />

representación queda aún subsistente.<br />

La concesión se hizo sólo por razones de conveniencia.<br />

LANDMARK XIII<br />

El derecho de apelación de cada masón de las decisiones de sus hermanos en<br />

Logia congregada, hacia la Gran Logia o Asamblea General de Masones, es un<br />

Landmark altamente esencial para la preservación de la justicia y para prevenir la<br />

opresión.<br />

Unas cuantas Grandes Logias modernas, al dictar una resolución por la que las<br />

decisiones de las Logias subordinadas, en caso de expulsión no pueden<br />

completamente ser reconsideradas en apelación, han violado este incuestionable<br />

Landmark, como asimismo <strong>los</strong> principios de justo gobierno.<br />

LANDMARK XIV<br />

El derecho de todo masón de visitar y de ocupar asiento en teda Logia, es un<br />

incuestionable Landmark de la Orden.<br />

Este se titula "el derecho de visitar". Este derecho de visitar siempre se ha<br />

reconocido como un derecho inherente que todo masón ejercita cuando viaja por el<br />

mundo.<br />

Y esto es a consecuencia de que las Logias se consideran precisamente como<br />

meras divisiones, para conveniencia de la universal familia masónica.<br />

Este derecho puede ser alterado o negado en ocasiones especiales por varias<br />

circunstancias; pero cuando se le niega la entrada a un masón en pleno goce de sus<br />

derechos, que toca la puerta de una Logia como visitador, es de esperar se exponga alguna<br />

razón suficiente y fundada que justifique la violación en lo que es general derecho<br />

masónico, basado en <strong>los</strong> Landmarks de la Orden.<br />

LANDMARK XV<br />

Es un Landmark de la Orden, que ningún visitador desconocido para <strong>los</strong> hermanos<br />

http://entre<strong>mason</strong>es.blogspot.com

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