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los derechos humanos durante los conflictos armados - Office of the ...

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114<br />

PROTECCIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DURANTE LOS CONFLICTOS ARMADOS<br />

la jurisprudencia de <strong>los</strong> procedimientos especiales y de <strong>los</strong> órganos de<br />

tratados de <strong>derechos</strong> <strong>humanos</strong> 157 .<br />

E. LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS<br />

PARA LOS DERECHOS HUMANOS (ACNUDH)<br />

Las actividades sobre el terreno del ACNUDH ilustran la forma en que la<br />

Oficina se ocupa de las obligaciones derivadas del derecho internacional<br />

de <strong>los</strong> <strong>derechos</strong> <strong>humanos</strong> y del derecho internacional humanitario en<br />

situaciones de conflicto específicas. Por ejemplo, en el Acuerdo celebrado<br />

entre el ACNUDH y el Gobierno de Nepal sobre el establecimiento de una<br />

<strong>of</strong>icina del ACNUDH en Nepal, firmado en abril de 2005, se dispone que<br />

la <strong>of</strong>icina “vigilará la observancia de <strong>los</strong> <strong>derechos</strong> <strong>humanos</strong> y del derecho<br />

internacional humanitario [...] con miras a asesorar a las autoridades de<br />

Nepal sobre [...] políticas, programas y medidas para la promoción y<br />

protección de <strong>los</strong> <strong>derechos</strong> <strong>humanos</strong>”. El Acuerdo también indica que<br />

la <strong>of</strong>icina “colaborará con todos <strong>los</strong> actores pertinentes, incluidos <strong>los</strong> no<br />

estatales, para garantizar el respeto de las normas internacionales de<br />

<strong>derechos</strong> <strong>humanos</strong> y de derecho humanitario”. El Acuerdo relativo al<br />

establecimiento de una <strong>of</strong>icina del ACNUDH en Uganda, firmado el 9<br />

de enero de 2006, contiene disposiciones similares y prevé actividades<br />

similares para la <strong>of</strong>icina. De manera análoga, el Acuerdo relativo al<br />

establecimiento de una <strong>of</strong>icina del ACNUDH en el Togo, firmado el 10 de<br />

julio de 2006, establece que su mandato es supervisar el cumplimiento<br />

de las normas y principios de <strong>derechos</strong> <strong>humanos</strong> y el respeto de las<br />

obligaciones derivadas del derecho internacional humanitario.<br />

Por otra parte, el Acuerdo relativo al establecimiento de una <strong>of</strong>icina del<br />

ACNUDH en Colombia, firmado el 29 de noviembre de 1996, establece<br />

que la <strong>of</strong>icina recibirá quejas “sobre violaciones a <strong>los</strong> <strong>derechos</strong> <strong>humanos</strong><br />

y otros abusos, incluidas las infracciones a las normas humanitarias<br />

aplicables en <strong>los</strong> <strong>conflictos</strong> <strong>armados</strong>” 158 . La <strong>of</strong>icina da seguimiento a las<br />

denuncias de violaciones cometidas por actores estatales y no estatales e<br />

informa al respecto.<br />

157<br />

E/CN.4/Sub.2/2005/14.<br />

158<br />

E/CN.4/1997/11, anexo.

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