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los derechos humanos durante los conflictos armados - Office of the ...

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CONCLUSIÓN<br />

129<br />

En cuanto a la complementariedad entre las normas de <strong>derechos</strong> <strong>humanos</strong><br />

y el derecho internacional humanitario, existe una influencia recíproca en<br />

varios aspectos. En el contexto de <strong>los</strong> debates celebrados al respecto en el<br />

Consejo de Derechos Humanos, diferentes expertos han puesto de relieve<br />

que en ciertas situaciones complejas puede ser necesario realizar algún<br />

tipo de prueba para determinar cuál es el marco jurídico más adecuado<br />

que debe aplicarse en una situación particular.<br />

A raíz de <strong>los</strong> esfuerzos realizados para garantizar la protección efectiva<br />

de <strong>los</strong> <strong>derechos</strong> de todas las personas en situaciones de conflicto<br />

armado, diversos órganos, organismos y mecanismos especiales de<br />

<strong>derechos</strong> <strong>humanos</strong> de las Naciones Unidas, así como diversos tribunales<br />

internacionales y regionales, han incorporado cada vez más en la<br />

práctica las obligaciones derivadas del derecho internacional de <strong>los</strong><br />

<strong>derechos</strong> <strong>humanos</strong> y del derecho internacional humanitario, de forma<br />

que se complementen y refuercen mutuamente.<br />

Sea como fuere, cabe recordar que, como ha señalado la Alta Comisionada<br />

para <strong>los</strong> Derechos Humanos, “las normas internacionales de <strong>derechos</strong><br />

<strong>humanos</strong> y el derecho internacional humanitario comparten el objetivo<br />

común de respetar la dignidad y humanidad de todos. A lo largo de <strong>los</strong><br />

años, la Asamblea General, la Comisión de Derechos Humanos y, más<br />

recientemente, el Consejo de Derechos Humanos han considerado que,<br />

en las situaciones de conflicto armado, las partes en el conflicto tienen<br />

obligaciones jurídicamente vinculantes en relación con <strong>los</strong> <strong>derechos</strong> de<br />

las personas afectadas por el conflicto” 200 .<br />

En este sentido, tanto el derecho internacional de <strong>los</strong> <strong>derechos</strong> <strong>humanos</strong><br />

como el derecho internacional humanitario <strong>of</strong>recen salvaguardias y<br />

garantías amplias en relación con <strong>los</strong> <strong>derechos</strong> de las personas que no<br />

participan activamente en las hostilidades o han dejado de hacerlo, en<br />

particular <strong>los</strong> civiles. La aplicación de ambos conjuntos normativos debe<br />

hacerse de tal manera que se complementen y refuercen mutuamente.<br />

Al hacerlo, se previenen las deficiencias en materia de protección<br />

y, posiblemente, se facilita el diálogo con las partes en conflicto<br />

200<br />

Declaración inaugural de la Alta Comisionada en la Consulta de expertos sobre la<br />

protección de <strong>los</strong> <strong>derechos</strong> <strong>humanos</strong> de la población civil en <strong>los</strong> <strong>conflictos</strong> <strong>armados</strong>,<br />

Ginebra, 15 de abril de 2009.

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