Directrices y referencias civiles y militares
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Anexos y apéndices<br />
vínculos con los gobiernos (y otras partes), los donantes y la comunidad<br />
humanitaria en general. El Representante Especial Adjunto del Secretario<br />
General, Coordinador Residente y Coordinador de asuntos humanitarios<br />
está subordinado, de manera secundaria, al Coordinador del Socorro de<br />
Emergencia de las Naciones Unidas. En caso de que el Coordinador Residente<br />
cuente con el apoyo de una oficina de OCAH, ésta desempeñará<br />
las funciones de oficina de coordinación humanitaria. Cuando se considere<br />
oportuno, la oficina de OCAH podrá estar separada de la misión, a<br />
fin de facilitar el acceso de la comunidad humanitaria en general.<br />
20. Estas dos líneas de mando secundarias son esenciales para ofrecer<br />
orientación y apoyo funcional al Representante Especial Adjunto del<br />
Secretario General, Coordinador Residente y Coordinador de asuntos<br />
humanitarios, pero no constituyen una relación jerárquica cotidiana. En<br />
el cumplimiento de sus respectivas funciones de Coordinador Residente<br />
y Coordinador de asuntos humanitarios, el Representante Especial Adjunto<br />
del Secretario General, Coordinador Residente y Coordinador de<br />
asuntos humanitarios conserva la función de rendición de cuentas existente<br />
conforme al mandato correspondiente a estas funciones.<br />
21. El Representante Especial Adjunto del Secretario General, Coordinador<br />
Residente y Coordinador de asuntos humanitarios informará al Representante<br />
Especial del Secretario General de todas las comunicaciones en<br />
materia de políticas que se hayan establecido con el Administrador del<br />
PNUD y el Coordinador del Socorro de Emergencia, respectivamente.<br />
El Representante Especial del Secretario General, a su vez, mantendrá<br />
informado al Representante Especial Adjunto del Secretario General,<br />
Coordinador Residente y Coordinador de asuntos humanitarios de todas<br />
las comunicaciones sustantivas pertinentes que se establezcan con<br />
la Sede.<br />
22. Si bien el Representante Especial del Secretario General goza de autoridad<br />
general para coordinar las actividades de las Naciones Unidas, se<br />
espera que el Representante Especial Adjunto del Secretario General,<br />
Coordinador Residente y Coordinador de asuntos humanitarios actúe<br />
como principal interfaz entre la misión y el equipo de la Organización en<br />
el país, al objeto de encabezar los esfuerzos de coordinación de las actividades<br />
de asistencia humanitaria, desarrollo y recuperación, así como<br />
de señalar a la atención del Representante Especial del Secretario General<br />
los problemas planteados por el equipo de las Naciones Unidas en<br />
el país. El Representante Especial Adjunto del Secretario General, Coordinador<br />
Residente y Coordinador de asuntos humanitarios coopera, asimismo,<br />
con las organizaciones no gubernamentales (ONG).