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Directrices y referencias civiles y militares

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Nota de orientación sobrelas misiones integradas<br />

113<br />

Resolución de diferencias<br />

23. El Representante Especial del Secretario General resolverá cualesquiera<br />

problemas relacionados con la coordinación de diferentes componentes<br />

de la misión representados por los dos Representantes Especiales<br />

Adjuntos del Secretario General, en su calidad de superior jerárquico<br />

directo de éstos. En caso de que no se hayan resuelto efectivamente<br />

las diferencias relacionadas con la función de Coordinador Residente y<br />

Coordinador de asuntos humanitarios, el Administrador del PNUD (como<br />

Presidente del GNUD) o el Coordinador del Socorro de Emergencia podrá<br />

plantear la cuestión al Secretario General Adjunto de Operaciones<br />

de Mantenimiento de la Paz, en un esfuerzo por ayudar a encontrar una<br />

solución.<br />

24. Todas las diferencias políticas relacionadas con la interpretación de los<br />

mandatos deberán resolverse oportunamente sobre el terreno. Si la<br />

cuestión afecta a un organismo de las Naciones Unidas representado<br />

en el equipo en el país, se espera que el Representante Especial Adjunto<br />

del Secretario General, Coordinador Residente y Coordinador de<br />

asuntos humanitarios asuma<br />

una función rectora en el<br />

esfuerzo de mediación. En<br />

caso de que las diferencias<br />

no se puedan resolver sobre<br />

el terreno, el Representante<br />

Especial del Secretario<br />

General debe examinar<br />

la cuestión conjuntamente<br />

con el jefe ejecutivo del organismo<br />

en cuestión, al objeto<br />

de buscar un acuerdo oficial, al tiempo que mantendrá informado<br />

al Secretario General Adjunto de Operaciones de Mantenimiento de la<br />

Paz. En caso de que los esfuerzos realizados de buena fe para resolver<br />

las diferencias no produjeran resultados, el Representante Especial del<br />

Secretario General y/o el jefe ejecutivo del organismo afectado podrán<br />

ponerse en contacto con el Secretario General Adjunto de Operaciones<br />

de Mantenimiento de la Paz.<br />

25. En caso de que no se pueda alcanzar un acuerdo, la cuestión se someterá<br />

a la consideración del Secretario General o de su Comité de Políticas,<br />

según proceda.<br />

Anexo A

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