Directrices y referencias civiles y militares
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Funcionario de Coordinación Civil-Militar de las Naciones Unidas<br />
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emergencias complejas”, “<strong>Directrices</strong> sobre la utilización de RMDC en<br />
apoyo de las actividades humanitarias de las Naciones Unidas en situaciones<br />
de emergencia complejas” y la “Utilización de escoltas <strong>militares</strong><br />
o armadas para los convoyes humanitarios”, resoluciones aplicables del<br />
Consejo de seguridad y otros instrumentos pertinentes.<br />
4. Garantizar la adecuada difusión de las directrices específicas para cada<br />
país y, en caso necesario, las directrices genéricas anteriormente mencionadas,<br />
y su comprensión tanto por los agentes humanitarios como<br />
las fuerzas <strong>militares</strong> presentes, así como por los agentes locales, según<br />
proceda. Promover y garantizar el cumplimiento de las <strong>Directrices</strong> antes<br />
referidas en toda la comunidad humanitaria y asesorar sobre las posibles<br />
consecuencias si estos principios se vieran menoscabados.<br />
5. Establecer y mantener el diálogo y la coordinación con las fuerzas <strong>militares</strong><br />
en el área de responsabilidad. Identificar, establecer y mantener<br />
contactos con los homólogos <strong>militares</strong> correspondientes y garantizar el<br />
intercambio mutuo de información acerca de cuestiones referentes a la<br />
asistencia humanitaria que se presta. Asesorar a las fuerzas <strong>militares</strong> en<br />
el área de responsabilidad sobre los mecanismos de coordinación humanitaria<br />
internacionales. Dichos mecanismos podrían ser, entre otros,<br />
el equipo de las Naciones Unidas en el país, el grupo de cuestiones de<br />
seguridad o el Equipo de las Naciones Unidas de actividades en casos<br />
de desastre, el Centro Conjunto de Logística de las Naciones Unidas, el<br />
Centro de Información sobre Asuntos Humanitarios o grupos de agentes<br />
humanitarios.<br />
6. Simultáneamente, establecer y mantener contactos con agentes humanitarios<br />
<strong>civiles</strong> en el área de responsabilidad, actuar como canal de información<br />
y promover las cuestiones que les atañen ante los sistemas<br />
<strong>militares</strong> pertinentes.<br />
7. Trabajar en estrecha cooperación con la Sección de Coordinación Civil-<br />
Militar de la OCAH de las Naciones Unidas en Ginebra para apoyar el<br />
programa de capacitación en materia de coordinación entre <strong>civiles</strong> y<br />
<strong>militares</strong> según corresponda. Identificar y coordinar con la Sección de<br />
Coordinación Civil-Militar de la OCAH a los posibles candidatos que<br />
podrían participar en el programa de capacitación en materia de coordinación<br />
entre <strong>civiles</strong> y <strong>militares</strong>.<br />
8. En coordinación con la Sección de Coordinación Civil-Militar de la OCAH<br />
de las Naciones Unidas, establecer y mantener contactos con agentes<br />
que participan en ejercicios <strong>militares</strong> en la zona de operaciones y asesorar<br />
sobre las actividades que deberían ser objeto de supervisión y/o<br />
Anexo F