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Directrices y referencias civiles y militares

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136<br />

Anexos y apéndices<br />

apoyo. Brindar apoyo a la planificación y ejecución de ejercicios, talleres<br />

sobre la experiencia adquirida, seminarios y actividades de capacitación<br />

en los que participen <strong>militares</strong>, según corresponda.<br />

9. Supervisar y analizar cualesquiera logros y avances, e informar acerca de<br />

los mismos, así como identificar cualesquiera dificultades en las relaciones<br />

entre las comunidades humanitaria y militar.<br />

10. Participar en grupos de trabajo, reuniones y consultas con otros organismos<br />

de las Naciones Unidas y asociados en la labor humanitaria; organizar<br />

reuniones con los jefes de los organismos sobre las cuestiones<br />

relativas a la coordinación entre <strong>civiles</strong> y <strong>militares</strong>.<br />

11. Apoyar al personal de logística y de operaciones en el área de responsabilidad<br />

en todas las cuestiones asociadas a las relaciones entre <strong>civiles</strong><br />

y <strong>militares</strong>.<br />

12. Establecer, si procede, un foro de intercambio de información para las<br />

partes interesadas en las relaciones entre <strong>civiles</strong> y <strong>militares</strong>, y participar<br />

en las reuniones pertinentes.<br />

13. Preparar solicitudes de recursos <strong>militares</strong> y de defensa civil o aportar<br />

información para las mismas.<br />

14. Proporcionar informes sobre la situación en lo que respecta a las actividades<br />

<strong>civiles</strong> y <strong>militares</strong> que se llevan a cabo y la situación general de<br />

las relaciones entre <strong>civiles</strong> y <strong>militares</strong> en [país] en los formatos y plazos<br />

convenidos. Tras ponerse de acuerdo con el Coordinador de asuntos<br />

humanitarios/Coordinador Residente, estos informes deberán distribuirse<br />

al equipo de las Naciones Unidas en el país, a la OCAH de las<br />

Naciones Unidas en [país], a la Sección de Coordinación Civil-Militar de<br />

la OCAH de las Naciones Unidas, a los servicios pertinentes de la División<br />

de Coor dinación y Respuesta, a la Dependencia de promoción del<br />

programa humanitario de la Subdivisión de Estudios y Formulación de<br />

Políticas. Asimismo, podrán distribuirse informes a otros organismos<br />

cuando corresponda.<br />

15. Cualesquiera otras funciones que pudiera solicitar el Coordinador de<br />

asuntos humanitarios/Coordinador Residente.<br />

Nota: Lo anterior es un pasaje del “Draft Generic Terms of Reference: Civil-Military<br />

Coordination Officer (P/L4)” (Proyecto de funciones genéricas: Funcionario de Coordinación<br />

Civil-Militar (P/L4)), de febrero de 2008, elaborado sobre la base del “Anexo A”<br />

del documento titulado “United Nations Humanitarian Civil-Military Coordination<br />

( UN-CMCoord) Concept”, aprobado por el Comité Permanente entre Organismos en<br />

marzo de 2005.

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