13.04.2015 Views

LEY DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE BAJA ... - Tijuana

LEY DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE BAJA ... - Tijuana

LEY DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE BAJA ... - Tijuana

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Congreso del Estado de B.C<br />

California<br />

Ley de Haciena Municipal del Estado de Baja<br />

Legislatura, siendo Gobernador Constitucional del Estado, el C. Lic. Xicoténcatl Leyva Mortera,<br />

1983-Enero 1989;<br />

ARTICULO 93.- Fue reformado por Decreto No. 140, publicado en el Periódico<br />

Oficial No. 36, Sección XIII de fecha 31 de Diciembre de 1988, expedido por la Honorable XII<br />

Legislatura, siendo Gobernador Constitucional del Estado, el C. Lic. Xicoténcatl Leyva Mortera,<br />

1983-Enero 1989;<br />

ARTICULO 94.- Fue reformado por Decreto No. 140, publicado en el Periódico<br />

Oficial No. 36, Sección XIII de fecha 31 de Diciembre de 1988, expedido por la Honorable XII<br />

Legislatura, siendo Gobernador Constitucional del Estado, el C. Lic. Xicoténcatl Leyva Mortera,<br />

1983-Enero 1989;<br />

ARTICULO 94 Bis.- Fue adicionado por Decreto No. 67, publicado en el Periódico<br />

Oficial No. 178 de fecha 31 de Octubre de 1958, expedido por la Honorable II Legislatura,<br />

siendo Gobernador Constitucional del Estado, el C. Lic. Braulio Maldonado Sández, 1953-1959;<br />

fue reformado por Decreto, publicado en el Periódico Oficial No. 38, de fecha 31 de Diciembre<br />

de 1967, expedido por la Honorable V Legislatura, siendo Gobernador Constitucional del<br />

Estado, el C. Ing. Raúl Sánchez Díaz M., 1965-1971;<br />

ARTICULO 95.- Fue reformado por Decreto No. 140, publicado en el Periódico<br />

Oficial No. 36, Sección XIII de fecha 31 de Diciembre de 1988, expedido por la Honorable XII<br />

Legislatura, siendo Gobernador Constitucional del Estado, el C. Lic. Xicoténcatl Leyva Mortera,<br />

1983-Enero de 1989;<br />

ARTICULO 96.- Fue reformado por Decreto No. 140, publicado en el Periódico<br />

Oficial No. 36, Sección XIII de fecha 31 de Diciembre de 1988, expedido por la Honorable XII<br />

Legislatura, siendo Gobernador Constitucional del Estado, el C. Lic. Xicoténcatl Leyva Mortera.<br />

1983-Enero de 1989;<br />

ARTICULO 97.- Fue reformado por Decreto No. 140, publicado en el Periódico<br />

Oficial No. 36, Sección XIII de fecha 31 de Diciembre de 1988, expedido por la Honorable XII<br />

Legislatura, siendo Gobernador Constitucional del Estado, el C. Lic. Xicoténcatl Leyva Mortera,<br />

1983-Enero de 1989;<br />

ARTICULO 98.- Fue reformado por Decreto No. 140, publicado en el Periódico<br />

Oficial No. 46, de fecha 31 de Diciembre de 1988, expedido por la Honorable XII Legislatura,<br />

siendo Gobernador Constitucional del Estado, el C. Lic. Xicoténcatl Leyva Mortera, 1983-Enero<br />

de 1989;<br />

página 72

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!