REAL DECRETO 1629/1991, DE 8 DE NOVIEMBRE, POR ... - Procesa
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talones a nombre del Tesoro Público por el exacto importe de las citadas<br />
liquidaciones.<br />
Artículo 81.Supuestos generales de aplazamiento y fraccionamiento.<br />
Sin perjuicio de los supuestos especiales de aplazamiento y fraccionamiento<br />
de pago, a que se refieren los artículos siguientes de esta Sección, en el Impuesto<br />
sobre Sucesiones y Donaciones serán aplicables las normas sobre aplazamiento y<br />
fraccionamiento de pago del Reglamento General de Recaudación.<br />
Artículo 82. Aplazamiento por término de hasta un año.<br />
Los órganos competentes para la gestión y liquidación del impuesto podrán<br />
acordar el aplazamiento de las liquidaciones giradas por adquisiciones "mortis<br />
causa", por término de hasta un año, cuando concurran las condiciones<br />
siguientes:<br />
a) Que se solicite antes de expirar el plazo reglamentario de pago.<br />
b) Que no exista inventariado entre los bienes del causante efectivo o bienes<br />
de fácil realización suficientes para el abono de las cuotas liquidadas.<br />
La concesión del aplazamiento implicará la obligación de pagar el interés de<br />
demora vigente el día que comience su devengo.<br />
Artículo 83. Fraccionamiento hasta por cinco anualidades.<br />
Los órganos competentes para la gestión y liquidación del impuesto podrán<br />
acordar el fraccionamiento de las liquidaciones giradas por adquisiciones "mortis<br />
causa", en cinco anualidades como máximo, siempre que concurran las siguientes<br />
condiciones:<br />
a) Que se solicite antes de expirar el plazo reglamentario de pago.<br />
b) Que no exista inventariado entre los bienes del causante efectivo o bienes<br />
de fácil realización suficientes para el abono de las cuotas liquidadas.<br />
c) Que se acompañe compromiso de constituir garantía suficiente que cubra el<br />
importe de la deuda principal e intereses de demora, más un 25 por 100 de la<br />
suma de ambas partidas. La concesión definitiva del fraccionamiento quedará<br />
subordinada a la constitución de la garantía.<br />
La concesión del fraccionamiento implicará la obligación de pagar el interés<br />
de demora vigente el dia en que comience su devengo.<br />
Artículo 84. Aplazamiento en caso de causahabientes desconocidos.<br />
A solicitud de los administradores o poseedores de los bienes hereditarios, los<br />
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