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Ley Orgánica - Poder Judicial

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Los Funcionarios del <strong>Poder</strong> <strong>Judicial</strong> devengarán el salario mensual que les fije la <strong>Ley</strong>Anual del Presupuesto.La Corte Suprema de Justicia, en el Proyecto Anual de Presupuesto del <strong>Poder</strong> <strong>Judicial</strong>,determinará las remuneraciones, de acuerdo con el Escalafón de la Carrera <strong>Judicial</strong> yotros Funcionarios <strong>Judicial</strong>es, que se elaborará atendiendo la dignidad de los cargosjudiciales.El Escalafón de la Carrera <strong>Judicial</strong> y otros Funcionarios <strong>Judicial</strong>es será aprobado por laCorte Plena, a propuesta de la Comisión de Carrera <strong>Judicial</strong>.Capítulo IV.De las responsabilidades y sancionesa los funcionarios de carrera judicialArtículo 163.- Responsabilidad civil y penalLos Funcionarios de la Carrera <strong>Judicial</strong> son responsables civilmente por los daños yperjuicios que causan, con arreglo a las leyes de la materia. Serán igualmenteresponsables por los delitos que cometan en el ejercicio de sus funciones.Las acciones derivadas de estas responsabilidades se rigen por las normasrespectivas.Artículo 164.- Responsabilidad DisciplinariaLos Funcionarios de la Carrera <strong>Judicial</strong> son responsables disciplinariamente por lasirregularidades que cometan en el ejercicio de sus funciones.Artículo 165.- Sanciones disciplinariasLas sanciones disciplinarias a los Funcionarios del Régimen de Carrera <strong>Judicial</strong>, setramitan y resuelven de conformidad a lo establecido en la presente <strong>Ley</strong> y la <strong>Ley</strong> deCarrera <strong>Judicial</strong>.La <strong>Ley</strong> de Carrera <strong>Judicial</strong> establecerá la graduación de la responsabilidad y de lassanciones.Artículo 166.- CausalesExiste responsabilidad disciplinaria en los siguientes casos:1. Por infracción a los deberes, prohibiciones e incompatibilidades establecidas en lapresente <strong>Ley</strong>.2. Cuando se atente públicamente contra la respetabilidad del <strong>Poder</strong> <strong>Judicial</strong> o seinstigue o aliente reacciones públicas contra el mismo.3. Por injurias a los superiores jerárquicos, ya sea de palabra, por escrito o pormedios de comunicación social.4. Cuando se abuse de las facultades que la ley señala respecto a sus subalternos o alas personas que intervienen de cualquier manera en un proceso.5. Cuando exista negligencia o el retraso injustificado o reiterado en el desempeño dela función judicial.

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