REVISTA PESCA AGOSTO 2017
La revista Pesca es un medio de información alternativo referido a temas del mar y de la pesquería. Proporciona información, ideas y opiniones obtenidas de fuentes diversas, que tienen por objeto exponer la problemática de la pesca en el Perú y el mundo.
La revista Pesca es un medio de información alternativo referido a temas del mar y de la pesquería. Proporciona información, ideas y opiniones obtenidas de fuentes diversas, que tienen por objeto exponer la problemática de la pesca en el Perú y el mundo.
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
EL FUNDAMENTO DE LA<br />
GESTION PESQUERA EN<br />
PERU<br />
La administración y regulación de las pesquerías es una<br />
atribución del Gobierno, sea nacional o regional en función<br />
de sus competencias. No es una tarea sencilla. El<br />
sector pesquero es complicado, tiene muchas variables<br />
y se confrontan muchos intereses así como necesidades<br />
particulares, locales y nacionales. Implica muchas disciplinas,<br />
no solo la ingeniería pesquera sino también la<br />
biología, sociología y economía, entre otras.<br />
Lo que todos los ciudadanos deben conocer es que, antes<br />
de entrar en la temática de administración y regulación<br />
propiamente dichas, se debe tener muy claro el<br />
marco legal macro. El mandato de la Constitución Política<br />
es inviolable y debe considerarse antes de promover<br />
o promulgar leyes, decretos, resoluciones u ordenanzas.<br />
El espíritu de esta norma debe ser estrictamente respetado<br />
por cuanto constituye la máxima ley, la ley fundamental<br />
y la de mayor jerarquía. En ella se establecen<br />
los derechos y obligaciones de los ciudadanos, la estructura<br />
y organización del Estado y bajo sus lineamientos<br />
se aprueban las demás normas que rigen la vida del<br />
país. El cumplimiento de las normas que se encuentran<br />
dentro de la Constitución Política es lo que hace posible<br />
que una Nación pueda vivir con bienestar y paz, por ello<br />
la importancia de que estas normas sean cumplidas por<br />
todos: gobernantes y gobernados.<br />
Para efectos de la administración pesquera, particularmente<br />
debe tenerse en cuenta los siguientes artículos:<br />
Artículo 39°.- Todos los funcionarios y trabajadores públicos<br />
están al servicio de la Nación.<br />
Artículo 51°.- La Constitución prevalece sobre toda norma<br />
legal; la ley, sobre las normas de inferior jerarquía, y así sucesivamente<br />
Artículo 54°.- El territorio del Estado es inalienable e inviolable.<br />
Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo,<br />
y el espacio aéreo que los cubre. El dominio marítimo del Estado<br />
comprende el mar adyacente a sus costas, así como su<br />
lecho y subsuelo, hasta la distancia de doscientas millas marinas<br />
medidas desde las líneas de base que establece la ley. En<br />
su dominio marítimo, el Estado ejerce soberanía y jurisdicción,<br />
sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional,<br />
de acuerdo con la ley y con los tratados ratificados por<br />
el Estado.<br />
Artículo 58°.- La iniciativa privada es libre. Se ejerce en<br />
una economía social de mercado.<br />
Artículo 60°.- El Estado reconoce el pluralismo económico.<br />
La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas<br />
formas de propiedad y de empresa. Sólo autorizado por<br />
ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad<br />
empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés<br />
público o de manifiesta conveniencia nacional. La actividad<br />
empresarial, pública o no pública, recibe el mismo tratamiento<br />
legal.<br />
Artículo 66°.- Los recursos naturales, renovables y no renovables,<br />
son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano<br />
en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones<br />
de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La<br />
concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha<br />
norma legal.<br />
Artículo 67°.- El Estado determina la política nacional del<br />
ambiente. Promueve el uso sostenible de sus recursos naturales.<br />
La normatividad que rige el sistema de administración,<br />
regulación y control de la pesca en el país tiene que tener<br />
en cuenta, por mandato constitucional, que los recursos<br />
pesqueros le pertenecen a toda la Nación y no a<br />
un grupo de ciudadanos o empresas por el solo hecho<br />
de desarrollar actividad en el sector. El Estado los entrega<br />
en concesión, de acuerdo a la normatividad vigente.<br />
Revista Pesca Agosto <strong>2017</strong> 62