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TOMO II. ORDENACION PORMENORIZADA.pdf - Olaberriko Udala

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MODIFICACION DE ELEMENTOS DE NORMAS AREA 41 ALTUNE Y NUEVO SECTOR S.48 HERRIBASO<br />

<strong>ORDENACION</strong> <strong>PORMENORIZADA</strong> S-48 “HERRIBASO” DOC. A. “MEMORIA” 15<br />

7.4. EL SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES<br />

El Sistema Local de Espacios Libres del Sector se dispone ordenando de manera efectiva la zona<br />

verde bordeando las plataformas destinada a la implantación industrial, en sus extremos Norte,<br />

Sur y Este, tal y como se establece en el Plano de Ordenación <strong>II</strong>.3 “Zonificación Pormenorizada” del<br />

presente Proyecto.<br />

Estas zonas verdes de protección, - destinadas a la plantación de arbolado y diferentes especies<br />

arbustivas, que aminorarán el impacto visual de las instalaciones industriales que se implanten en<br />

la zona -, se conectan en el extremo Oeste del Area mediante el recorrido de salud que forma<br />

parte del equipamiento deportivo, y que conecta igualmente en sus extremos Norte y Sur con el<br />

correspondiente equipamiento deportivo de la zona de Altune.<br />

Se ordena y destina así al Sistema Local de espacios libres una superficie de 15.745 m2 , - que<br />

supera el estándar requerido en la legislación vigente -, sin computar los espacios libres comunes<br />

resultantes, si bien 75 m2 corresponden al suelo de reserva dotacional de zonas verdes requerido<br />

a la Actuación de Dotación en suelo urbano no consolidado por incremento de la edificabilidad<br />

urbanística ponderada de la denominada parcela “C” del Area de Altune, cuyo cumplimiento se<br />

plantea así en el presente ámbito.<br />

El tratamiento y arbolado de las zonas verdes se ajustará la “Proyecto de Integración Ecológica,<br />

Estética y Paisajística del nuevo sector industrial de Herribaso”, redactado por EKOS Estudios<br />

Ambientales S.L.<br />

7.5. EL SISTEMA DE EQUIPAMIENTO COMUNITARIO.<br />

7.5.1. El Equipamiento Comercial y Social<br />

Se ordena una parcela específica destinada a albergar la reserva dotacional destinada al<br />

Equipamiento Comercial y Social al servicio del ámbito, dispuesta en el extremo NE, junto a la<br />

zona de acceso superior, tal y como se observa en la documentación gráfica y plano de<br />

Zonificación Pormenorizada.<br />

Se destina a estos efectos una parcela de 1.370 m2 , si bien 25 m2 corresponden al suelo de<br />

reserva dotacional de equipamientos requerido a la Actuación de Dotación en suelo urbano no<br />

consolidado por incremento de la edificabilidad urbanística ponderada de la denominada parcela “C”<br />

del Area de Altune, cuyo cumplimiento se plantea así en el presente ámbito.<br />

7.5.2. El Equipamiento Deportivo<br />

La reserva destinada al Equipamiento Deportivo, que forma parte de las dotaciones o servicios<br />

de interés público y social al servicio del Area, se ordena en el extremo Oeste del ámbito, dando<br />

continuidad en sus frentes N y S al recorrido de vida contemplado en la ordenación del sector<br />

colindante Altune.<br />

Se destina a estos efectos una parcela de 1.270 m2 , si bien 25 m2 corresponden al suelo de<br />

reserva dotacional requerido a la Actuación de Dotación en suelo urbano no consolidado por<br />

incremento de la edificabilidad urbanística ponderada de la denominada parcela “C” del Area de<br />

Altune, cuyo cumplimiento se plantea así en el presente ámbito.

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