TOMO II. ORDENACION PORMENORIZADA.pdf - Olaberriko Udala
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MEN AREA 41 ALTUNE Y NUEVO SECTOR 48 HERRIBASO DE OLABERRIA<br />
<strong>ORDENACION</strong> <strong>PORMENORIZADA</strong> SECTOR INDUSTRIAL 48 “HERRIBASO” / OLABERRIA DOC. D. “NORMAS URBANISTICAS” 12<br />
b/ Concesión de licencias de edificación:<br />
Las edificaciones para las que haya sido formulado un proyecto básico unitario, serán objeto<br />
de una licencia de edificación única.<br />
c/ Formulación de los proyectos de ejecución:<br />
Cada una de las edificaciones cuya ejecución haya sido objeto de una licencia de edificación<br />
diferenciada deberá ser objeto de un proyecto de ejecución único, el cual contendrá el<br />
proyecto de obras complementarias de urbanización de la parcela privada, justificando, en su<br />
caso, el cumplimiento de la reserva de aparcamientos establecida.<br />
3. En la unidad de ejecución la ejecución de las edificaciones, se ajustará a los plazos establecidos en<br />
el "Documento B. Directrices de Organización y Gestión" del presente proyecto.<br />
Artículo 1.2.13. Condiciones para la concesión de licencias de primera utilización.<br />
La concesión de licencias de primera utilización de los edificios estará condicionada a la ejecución<br />
previa de las obras de urbanización que se establecen en el "Documento B. Directrices de Organización<br />
y Gestión " del presente proyecto, y, en su caso, de las obras complementarias de urbanización de la<br />
propia parcela privada, que deberán quedar incluídas en el correspondiente proyecto de ejecución de la<br />
edificación de cada una de las parcelas.