TOMO II. ORDENACION PORMENORIZADA.pdf - Olaberriko Udala
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MODIFICACION DE ELEMENTOS DE NORMAS AREA 41 ALTUNE Y SECTOR S-48 HERRIBASO DE OLABERRIA<br />
<strong>ORDENACION</strong> <strong>PORMENORIZADA</strong> SECTOR INDUSTRIAL S-48 HERRIBASO DOC.. “C”. Estudio de Viabilidad Económico-Financiera 3<br />
2.3 Gastos de la promoción (GP)<br />
Este concepto incluye entre otros, los de los Honorarios de los facultativos (HF) y demás<br />
profesionales que intervienen en la ejecución de las edificaciones, Licencia de obras (LO), así como<br />
los demás gastos generales de la promoción (OGP), tales como los de gestión, administración<br />
directamente imputables a la promoción, gastos registrales y notariales, tasas e impuestos no<br />
repercutibles o no recuperables, gastos bancarios, etc., estimándose en 2.700.881 €, cifra<br />
equivalente al 15 % de la suma del Coste de construcción de contrata (CCC) y del Valor del suelo<br />
urbanizado (VSu).<br />
2.4 Costes y gastos de urbanización (CU)<br />
En documento anejo se detalla el presupuesto de ejecución por contrata de las obras y otros<br />
gastos de urbanización, agrupables en obras propiamente dichas, intervenciones exteriores al<br />
sector, medidas correctoras y honorarios de los técnicos facultativos que intervienen en el proceso<br />
de urbanización y gestión del suelo, arrojando un total de 5.074.229 €.<br />
El modelo o método utilizado para la determinación de la viabilidad económica del ámbito está<br />
basado en el método residual estático, que se resume en la fórmula de VS = (VV/p) – CCC - CU, en<br />
la que el parámetro “p”, resume los porcentajes utilizados para la determinación de los Gastos de<br />
promoción (GP) y del Beneficio de promoción (BP), siendo para este caso el del 15 % y 16,20 %<br />
respectivamente, el primero sobre la suma del CCC, VS y CU, y el segundo sobre la cuantía de la<br />
inversión total (I), es decir, la suma del CCC, GP, VS y CU.<br />
El valor unitario del suelo fijado en este documento, lo es a efectos de la justificación de la viabilidad<br />
económico-financiera del sector, sin perjuicio del que pueda resultar en el correspondiente Proyecto<br />
de Reparcelación