110 -¿Faltan algunos derechos en la Constitución? Claro, como la Constitución son acuerdos políticos básicos.La pregunta es ¿qué derechos deberían estar en la Constitución? Y hay algunos que están en <strong>el</strong> debate públicoque me parece que son razonables: a la vivienda, <strong>el</strong> dominio público d<strong>el</strong> agua, <strong>el</strong> acceso a la informaciónpública, al desarrollo libre de la personalidad, los derechos de los inmigrantes. Entonces, hay derechos queno están ahí y, en una de esas, es conveniente discutir si deberían estar.Necesitamos una mejor manera de proteger nuestros derechos. Hay solo algunos derechos que se puedenam<strong>para</strong>r que son los clásicos derechos de libertad, por la desconfianza que sale en las actas y que bien podránreconocer de la desconfianza de Jaime Guzmán a los derechos de prestación porque generan costos <strong>para</strong> <strong>el</strong>Estado (y no considerarlos naturales). Y, por lo tanto, ¿cómo vamos a someter a los tribunales a ese soporte,a esa presión de otorgarlo? Pero también existen fórmulas de corrección, de protección de derechos, es decir,<strong>el</strong> principio de progresividad es un <strong>el</strong>emento clave a la hora de discutir sobre la garantía de los derechos. Peroestá <strong>el</strong> debate simplista, preferir no discutir de <strong>el</strong>lo y rechazarlos desde matrices ideológicas y decir “no, loque pasa es que es muy caro”, antes de discutir fórmulas correctas de protección de derechos.Por otro lado, y decía <strong>el</strong> profesor Fermandois, necesitamos mayor autonomía <strong>para</strong> las regiones. Creo en unEstado regionalizado. A lo mejor un mod<strong>el</strong>o de etapas, desde nuestro mod<strong>el</strong>o unitario hipercentralizado a unmod<strong>el</strong>o de mayor autonomía regional, pasando por una descentralización de mayor profundidad sobre todo enlos servicios públicos. En la urgencia de mayor regionalización hay acuerdo transversal en <strong>el</strong> sistema político.Incorporar <strong>el</strong> principio participativo y de solidaridad en la Constitución es clave, es decir, ¿cuál es ladiferencia entre los mod<strong>el</strong>os constitucionales? Hay una cuestión axiológica que tiene que ver con quévalores tú consagras como básicos en una Constitución: la libertad, la igualdad, la solidaridad. Para nosotros,la solidaridad es un valor clave en la forma de entender la Constitución y cómo esta irradia al resto d<strong>el</strong>ordenamiento jurídico. La solidaridad nos define como comunidad. Creemos en la libertad, creemos quedebemos corregir las desigualdades, pero también en la r<strong>el</strong>ación de apoyo mutuo, de cooperación entrenosotros, como parte de nuestros deberes como sujetos políticos que convivimos en <strong>el</strong> mismo espacio, dondetodos contribuimos al bien común.Tesis 7: Que una Constitución debería generar mayor seguridad jurídicaHay una discusión pendiente, y esto es reconocido sobre todo por <strong>el</strong> mundo liberal, sobre la arquitecturaconstitucional, es decir, sobre la distribución de poderes.Entonces la pregunta es ¿si hay debate sobre <strong>el</strong> régimen de gobierno y si hay debate sobre DerechosFundamentales, es que hay debate sobre una nueva Constitución? Y la nueva Constitución debería generarmayor seguridad jurídica.Un ejemplo: imaginemos un país que lleva treinta y tres años discutiendo su Constitución, que tienetreinta y cuatro enmiendas formales, más de cien reformas concretas, y desde <strong>el</strong> año 2005 en ad<strong>el</strong>ante se hanpresentado más de doscientos proyectos de reforma constitucional. ¿Es un país que da certezas jurídicas o no?Bueno, la invitación es que la dé, que haya seguridad, que nosotros la construyamos y qué mejor que tener unpaís con seguridad jurídica.¿Cómo definimos la seguridad? Reglas claras, estables y no arbitrarias y la previsibilidad de los poderespúblicos:--Reglas claras: que todos sepamos cuáles son y de qué tratan.--Estables: que tengan vocación de perdurabilidad, <strong>para</strong> <strong>el</strong>lo se requiere que no sean controvertidas. Obvio,¿cómo van a perdurar si son controvertidas?--Que no sean arbitrarias, es decir, que se nos apliquen a todos y que las excepciones se justifiquen.--Que los actos de los poderes públicos sean previsibles.
- 111Si nosotros discutimos treinta y tres años <strong>el</strong> contexto, los textos y la arquitectura constitucional, los DerechosFundamentales, claramente no estamos en <strong>el</strong> estándar de seguridad jurídica. La invitación es a estar en <strong>el</strong>estándar de seguridad jurídica.Se habla mucho de la certidumbre o incertidumbre. Bueno, tengamos certidumbre jurídica y política d<strong>el</strong>argo plazo, un sistema estable con normas también estables y duraderas.Las instituciones de calidad permiten un mejor desarrollo económico. Amartya Sen destaca lasoportunidades de cambio y de desarrollo económico como resultado d<strong>el</strong> capital democrático. Dependen engran medida de las instituciones que existen y cómo funcionan, y si se constituyen en función de contribuir alas libertades sociales, es decir, mejores instituciones, más desarrollo democrático.Por lo tanto, si tenemos una mejor Constitución, podremos lograr más desarrollo, es decir, la evoluciónde las estructuras de gobernabilidad por medio de las instituciones políticas son las que generaríanambientes que contribuyen al aumento de la productividad y crecimiento (CEPAL, 2014).Propuesta: La necesidad de un acuerdo social de convivencia cívica.Entonces, ¿qué hacer? Y aquí voy cerrando. Bueno, lo que propongo es un “acuerdo social de convivenciacívica”. Me parece que eso es lo que nos falta.Karl Loewenstein, jurista liberal, señaló que “las Constituciones son compromisos entre las fuerzassociales y los grupos pluralistas, por lo que, la modificación de la situación de equilibrio entre estos hacenpresente la necesidad de cambios constitucionales requiriendo la adaptación de la dinámica constitucional alas condiciones sociales en constante cambio”. Eso es <strong>el</strong> acuerdo, es un consenso sobre algo que concurrimosvoluntariamente. Cuando en ese acuerdo no hay voluntad de concurrencia, no hay acuerdo.El acuerdo social de convivencia cívica no es más que una Constitución acordada, que nos identifique y nosligue hacia <strong>el</strong> futuro. Este se logrará por medio de la generación de un espacio de concurrencia y acuerdo bajotres <strong>el</strong>ementos:1. Concurrencia en la pluralidad: la confluencia d<strong>el</strong>iberativa. Como decía Migu<strong>el</strong> Áng<strong>el</strong> (Fernández), quetodos los intereses legítimos concurran. La concurrencia de los distintos en <strong>el</strong> espacio d<strong>el</strong>iberativo. Loparticipativo, por lo tanto, es central. Solo si los distintos nos encontramos, dialogamos y establecemosnuestras diferencias como <strong>el</strong>ementos comunes, seremos parte de un proyecto constitucional común.Eso es lo que ha faltado. La Constitución actual la hicieron unos pocos que pensaban igual, y ha sidomodificada por otros pocos. Superar esto es uno de los grandes desafíos.Es la confluencia d<strong>el</strong>iberativa que mencioné más arriba. La entiendo como un espacio de encuentro ydiálogo político, que permita la expresión y la comunicación entre la ciudadanía y <strong>el</strong> sistema representativo,donde las expresiones de aqu<strong>el</strong>la puedan ser recogidas y canalizadas por este.La confluencia d<strong>el</strong>iberativa parte de la diferenciación de los campos, pero se instituye bajo la idea quesolo es posible fortalecer la representación al reconocer a los ciudadanos. Reconocer en <strong>el</strong> sentido deidentificarla y volver a “conocerla” (entenderla) como <strong>el</strong>emento sustancial de la idea de la política.Soloen esta interacción mutua <strong>el</strong> mandato representativo puede contener la soberanía popular. El mandatode representación incluye la soberanía si en él se contiene la autodeterminación, cuestión solo posiblesi existe este espacio de confluencia, si no, no existe mandato ni representación. La mera r<strong>el</strong>ación entrerepresentante y ciudadanos individuales da lugar a r<strong>el</strong>aciones client<strong>el</strong>ares, en cambio, los vínculospermanentes entre sociedad civil y sistema representativo permite la realización de la soberanía y lajustificación d<strong>el</strong> poder político.2. Un acuerdo político-social en sentido estricto: discutir la idea de sociedad, la arquitectura y lasreglas institucionales como los Derechos y Deberes Fundamentales. Las constituciones son acuerdospolítico-jurídicos, de eso no hay duda. Son acuerdos sobre <strong>el</strong> diseño institucional y sobre los derechosfundamentales. Los acuerdos conllevan la existencia previa de diferencias con mayor o menor intensidad.
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