Etapas de Operación del Programa - Secretaría de Relaciones ...
Etapas de Operación del Programa - Secretaría de Relaciones ...
Etapas de Operación del Programa - Secretaría de Relaciones ...
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
210<br />
CAPITULO VI<br />
DE LAS OBLIGACIONES DEL COMITé DE CIUDADES HERMANAS<br />
Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL DESCENTRALIZADA<br />
Artículo 55. Son obligaciones <strong>de</strong> los integrantes <strong>de</strong>l comité:<br />
I.<br />
II.<br />
III.<br />
IV.<br />
V.<br />
Cumplir las comisiones que se les encomien<strong>de</strong>;<br />
Asistir a las sesiones que celebre el comité;<br />
Procurar la realización <strong>de</strong> los fines establecidos en este reglamento;<br />
Dar seguimiento a los objetivos, metas y avances <strong>de</strong> los Acuerdos Interinstitucionales que hayan sido formal-<br />
mente suscritos por el H. Ayuntamiento, <strong>de</strong> conformidad con la legislación aplicable; y<br />
Evaluar el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> proyectos <strong>de</strong> hermandad con otras ciuda<strong>de</strong>s.<br />
CAPITULO VII<br />
DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS INTEGRANTES<br />
DEL COMITé DE CIUDADES HERMANAS Y<br />
COOPERACIÓN INTERNACIONAL DESCENTRALIZADA<br />
Artículo 56. El Presi<strong>de</strong>nte Honorario <strong>de</strong>l Comité, tiene las siguientes atribuciones:<br />
I. Representar al Comité;<br />
II. Rendir un informe anual <strong>de</strong> activida<strong>de</strong>s al H. Ayuntamiento;<br />
III. Convocar, a través <strong>de</strong>l Secretario Técnico, las sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes que <strong>de</strong>ba<br />
celebrar el Comité;<br />
IV. Proponer los asuntos que <strong>de</strong>ba conocer el Comité;<br />
V. Emitir la convocatoria para que participen los ciudadanos en la integración <strong>de</strong>l Comité, y presentar una terna<br />
con propuestas al H. Ayuntamiento para su aprobación;<br />
VI. Presidir el Comité y las sesiones que celebre.<br />
VII. Hacerse representar en las sesiones y en los actos que organice, coordine y ejecute el Comité, por el Director<br />
Ejecutivo;<br />
VIII. Recomendar y someter a la aprobación <strong>de</strong>l H. Ayuntamiento la integración <strong>de</strong> nuevos ciudadanos a los trabajos<br />
<strong>de</strong>l Comité; así como la <strong>de</strong>stitución <strong>de</strong> los que ya participen, <strong>de</strong> acuerdo a lo señalado en el artículo<br />
54 <strong>de</strong> este Reglamento;<br />
IX. Proponer la participación <strong>de</strong> funcionarios en las Comisiones que formen parte <strong>de</strong>l Comité;<br />
X. Designar al Director Ejecutivo <strong>de</strong>l Comité, en función a lo dispuesto en el artículo 33 <strong>de</strong> este Reglamento.<br />
Artículo 57. Son atribuciones <strong>de</strong>l Director Ejecutivo <strong>de</strong>l Comité:<br />
I. Convocar, a través <strong>de</strong>l Secretario Técnico, a las sesiones ordinarias y extraordinarias;<br />
II. Recomendar al Presi<strong>de</strong>nte Honorario <strong>de</strong>l Comité emitir la convocatoria a una sesión solemne;<br />
III. Rendir un informe semestral <strong>de</strong> las activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>l Comité ante el Presi<strong>de</strong>nte Municipal;<br />
IV. Velar por el cumplimiento <strong>de</strong> los fines encomendados al Comité;<br />
V. Dar cuenta oportuna al Presi<strong>de</strong>nte Honorario <strong>de</strong> toda la correspon<strong>de</strong>ncia dirigida al Comité;<br />
VI. Redactar las circulares, dictámenes, proposiciones, y cualquier acuerdo que emane <strong>de</strong>l Comité;<br />
VII.<br />
Representar al Presi<strong>de</strong>nte Honorario <strong>de</strong>l Comité y presidir los <strong>de</strong>bates en su ausencia;