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contaminación del ambiente tradicional, entre otras consecuencias; por lo que<br />

en estos casos las decisiones de las comunidades pueden llegar a considerarse<br />

vinculantes, debido al grave nivel de afectación que les acarrea.<br />

Así ha de buscarse una justa medida, para equilibrar el desarrollo económico<br />

que necesita el país, que requiere avanzar en la exploración y explotación de<br />

los recursos nacionales, mineros en este caso, pero que debe detenerse ante la<br />

preservación ambiental, que es la vida de las futuras generaciones, y coordinarse<br />

con el inalienable respeto a los valores históricos, culturales y sociales de los<br />

grupos étnicos y de la población en general.<br />

Al Ministro del Interior y de Justicia ordenó que rehaga los trámites de consulta<br />

previa, al Ministro de Ambiente que realice los estudios científicos integrales y de<br />

fondo sobre el impacto ambiental, y al Ministro de Defensa Nacional, que analice y<br />

subsane las razones por las cuales las comunidades indígenas y afrodescendientes<br />

que ancestralmente habitan en la región irrigada por los ríos Jiguamiandó, Uradá y<br />

Murindó, no perciben el ingreso de la Fuerza Pública en sus territorios como garantía<br />

de seguridad.<br />

Por su parte, el Ministerio de Interior y de Justicia pidió la nulidad de<br />

la Sentencia T-769 por considerar que la consulta no es vinculante y no puede<br />

sujetarse al consentimiento libre de las comunidades. La Muriel Mining solicitó la<br />

nulidad, por considerar que hubo un pronunciamiento de una sala de la corte que<br />

no tenía esta potestad.<br />

El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial pidió aclaración de<br />

la sentencia a la Corte, porque de acuerdo con la ley no es su función realizar estudios<br />

de impacto ambiental. En respuesta, la Corte ha dejado en firme la Sentencia, pero<br />

hasta ahora no ha respondido ni al Ministerio de Interior ni al Ministerio de Ambiente.<br />

2.3.1.1 ] Riesgos y afectación de la minería sobre derechos sobre tierras y territorios<br />

En el caso de Mandé Norte, si bien tanto las comunidades indígenas como las negras<br />

gozan del reconocimiento legal de sus tierras, este derecho en realidad no garantiza<br />

a futuro su continuidad física ni cultural, no solo por el crecimiento de la población,<br />

los riesgos de desastres naturales y las nuevas necesidades de tierra que les<br />

permita implementar sus modelos tradicionales de cultivo y manejo del bosque, sino<br />

por las expectativas de agentes externos a las comunidades sobre sus recursos. A<br />

Políticas mineras en Colombia [ Julio Fierro Morales ]<br />

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