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Informe Anual 2003 - Imserso

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atención a personas con discapacidad<br />

El IMSERSO, Entidad Gestora de la Seguridad<br />

Social adscrita a la Secretaría General de Asuntos<br />

Sociales, es el Organismo de la Administración<br />

General del Estado con competencias para la definición,<br />

desarrollo y seguimiento de una política integral<br />

para las personas con discapacidad. En cumplimiento<br />

de esta misión, los principales programas de<br />

política social en que viene tradicionalmente trabajando<br />

el Instituto son:<br />

– Sistema estatal de valoración y codificación de la<br />

discapacidad.<br />

– Programa intersectorial de rehabilitación profesional<br />

de personas con discapacidad.<br />

– Atención integral a personas discapacitadas en<br />

situación de dependencia.<br />

– Sistema público de protección económica de las<br />

personas con discapacidad.<br />

– Plan Nacional de Accesibilidad Universal y diseño<br />

para todos.<br />

– Proyectos de Innovación y Desarrollo e Iniciativas<br />

Estatales de Referencia.<br />

– Sistema estatal de información sobre discapacidad.<br />

4.1. PLANES Y ACCIONES PARA<br />

LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD<br />

Durante el año <strong>2003</strong>, Año Europeo de las Personas<br />

con Discapacidad, el IMSERSO desarrolló<br />

importantes iniciativas en materia de discapacidad.<br />

Por su relevancia y previsible impacto en los próximos<br />

años merece destacarse la promulgación de la<br />

“Ley 51/<strong>2003</strong>, de Igualdad de Oportunidades, no<br />

discriminación y accesibilidad universal de las personas<br />

con discapacidad”, y la aprobación del “I Plan<br />

Nacional de Accesibilidad” y del “II Plan de Acción<br />

para las personas con discapacidad <strong>2003</strong>-2007”.<br />

Aparte de estas iniciativas, también se ha de resaltar<br />

el amplio Programa Estatal del Año Europeo de<br />

las Personas con Discapacidad, cuya coordinación y<br />

desarrollo ha correspondido al IMSERSO.<br />

■ Iniciativas de carácter integral<br />

Ley 51/<strong>2003</strong>, de Igualdad de Oportunidades, no<br />

discriminación y accesibilidad universal de las personas<br />

con discapacidad.<br />

El 3 de diciembre, Día Internacional de las Personas<br />

con Discapacidad, apareció publicada en el<br />

BOE la Ley 51/<strong>2003</strong>, de Igualdad de Oportunidades,<br />

no discriminación y accesibilidad universal de<br />

las personas con discapacidad.<br />

Esta nueva Ley, complementaria de la LISMI,<br />

establece nuevas garantías para hacer efectivo el derecho<br />

a la igualdad de oportunidades de las personas<br />

con discapacidad.<br />

A tales efectos, define la igualdad de oportunidades<br />

como la ausencia de discriminación, tanto directa<br />

como indirecta, junto con la adopción de medidas<br />

de acción positiva orientadas a compensar las desventajas<br />

de las personas con discapacidad.<br />

Son medidas de acción positiva la adopción de<br />

tratos más favorables en normas, criterios o prácticas<br />

y el establecimiento de apoyos complementarios,<br />

tales como prestaciones económicas o servicios especializados<br />

para la atención de la discapacidad. Entre<br />

las medidas contra la discriminación, la Ley establece<br />

la prohibición expresa de las conductas discriminatorias<br />

y de acoso, y la exigencia de que los entornos,<br />

productos y servicios nuevos sean accesibles de<br />

acuerdo con el principio de “diseño para todos”, así<br />

como que los ya existentes se vayan adaptando progresivamente<br />

de una manera razonable.<br />

Estas medidas de acción positiva y contra la discriminación<br />

serán de aplicación en los ámbitos de las<br />

telecomunicaciones, urbanismo y edificación, transportes,<br />

bienes y servicios a disposición del público y<br />

en las relaciones de los usuarios con discapacidad con<br />

las Administraciones Públicas. El Estado se reserva la<br />

regulación de unas condiciones básicas de accesibilidad<br />

y no discriminación que garanticen unos niveles<br />

mínimos de igualdad de oportunidades a todos los<br />

ciudadanos con discapacidad.<br />

La ley 51/<strong>2003</strong>, más allá de estas garantías, instituye<br />

además medidas de fomento y de defensa a fin<br />

de llevar a cabo esta política de equiparación de<br />

oportunidades.<br />

Entre las medidas de fomento destacan la creación<br />

de una oficina permanente especializada en la<br />

promoción de la igualdad de oportunidades y no discriminación,<br />

y la promoción y desarrollo de actividades<br />

de sensibilización y formación, la elaboración<br />

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