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Informe Anual 2003 - Imserso

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informe anual <strong>2003</strong><br />

General de la Seguridad Social, Dirección<br />

General del Instituto Nacional de la Seguridad<br />

Social y Agencia Tributaria. Esta reunión se<br />

centra básicamente en el análisis de la protección<br />

no contributiva a nivel de pensiones y su<br />

legislación, planteándose diversas cuestiones<br />

sobre procedimiento y requisitos, adoptándose<br />

criterios de aplicación a la vista de la experiencia<br />

de gestión y doctrina jurisprudencial.<br />

• En fechas inmediatamente anteriores a la reunión<br />

señalada en el punto anterior, y durante<br />

tres días, tuvieron lugar unas jornadas de formación<br />

de profesionales, relativas a pensiones<br />

de naturaleza no contributiva en el ámbito<br />

internacional, que se impartieron con la colaboración<br />

de la Subdirección General de Relaciones<br />

Sociales Internacionales de la Secretaría<br />

General Técnica del Ministerio de Trabajo y<br />

Asuntos Sociales<br />

• Respecto al Fichero Técnico de PNC, se procedió<br />

al análisis de las actuales validaciones y<br />

errores, a fin de que por los gestores, CC.AA.<br />

y DD.PP. del IMSERSO, se procediera a su<br />

subsanación, a través de un seguimiento individual<br />

que se efectúa por la Dirección General<br />

del IMSERSO. Igualmente la Dirección<br />

General del IMSERSO ha elaborado un<br />

nuevo documento que recoge la estructura, el<br />

contenido y las reglas de validación de cada<br />

uno de los campos integrantes del citado<br />

fichero, en el que se ha procedido a la actualización<br />

de las tablas que contienen los códigos<br />

de los municipios conforme a las vigentes del<br />

Instituto Nacional de Estadística (INE), los<br />

relativos a discapacidad, diagnóstico y etiología<br />

de las pensiones concurrentes y la codificación<br />

por nacionalidad.<br />

• En cuanto al suministro de datos fiscales por<br />

parte de la Agencia Tributaria, se realizaron<br />

gestiones con la Subdirección General de Planificación<br />

y Programación del departamento<br />

de Organización, Planificación y Relaciones<br />

Institucionales de la AEAT, a fin de que dicho<br />

suministro se ajustara en la mayor medida<br />

posible a las necesidades de gestión de las<br />

PNC. No obstante, publicado el Real Decreto<br />

209/<strong>2003</strong>, de 21 de febrero, por el que se<br />

regulan los registros y notificaciones telemáticas,<br />

así como la utilización de medios telemáticos<br />

para la sustitución de la aportación de<br />

certificados por los ciudadanos, y al no resultar<br />

necesaria la firma de convenios para la<br />

cesión de información, fue elaborado un protocolo<br />

de adhesión al sistema de transmisión<br />

de datos para cualquier Administración Pública,<br />

que se ha publicado en Internet, en la<br />

página web agenciatributaria.es/oficina virtual/Información<br />

AAPP/Ayuda resto Administraciones<br />

Públicas/ Protocolo para la puesta<br />

en marcha de suministros.<br />

• Se han celebrado, durante los meses de enero<br />

y febrero <strong>2003</strong>, reuniones del Subgrupo de<br />

Trabajo constituido por el IMSERSO y cinco<br />

Comunidades Autónomas gestoras de estas<br />

pensiones no contributivas, con la finalidad<br />

de analizar la normativa reguladora de las<br />

pensiones y elaborar una propuesta de modificación<br />

normativa, fruto de la experiencia en<br />

la gestión, propuesta que fue remitida a la<br />

Secretaría General de Asuntos Sociales, en el<br />

mes de marzo.<br />

• Se han formulado propuestas concretas de<br />

modificación de los apartados 2,3 y 4 del artículo<br />

144 del Real Decreto Legislativo 1/1994,<br />

de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto<br />

Refundido de la Ley General de la Seguridad<br />

Social, relativas a la modificación del límite de<br />

acumulación de recursos básico y la exclusión<br />

en el computo de la Unidad económica de<br />

convivencia de los hermanos, siempre que no<br />

formen parte de ésta alguno de los ascendientes<br />

comunes de primer grado.<br />

– Mantenimiento de la coordinación con las Entidades<br />

Gestoras de la Seguridad Social y otras<br />

Administraciones Públicas con la finalidad de<br />

proceder a la mejora permanente de la calidad de<br />

la gestión y a un efectivo seguimiento de los pensionistas,<br />

con especial incidencia en la prevención<br />

y control de posibles situaciones indebidas o fraudulentas.<br />

En este sentido, por un lado se ha mantenido sin<br />

incidencias relevantes el correcto funcionamiento<br />

de los acuerdos de procedimientos coordinados<br />

con el INSS, MUGEJU, TGSS y otras Entidades,<br />

para situaciones de concurrencia de derechos a<br />

prestaciones, y por otro durante el año <strong>2003</strong> cabe<br />

destacar, entre otras, las siguientes actuaciones<br />

acordadas con distintos Organismos:<br />

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