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Lima Arbitration

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FRANZ KUNDMÜLLER CAMINITI / ROGER RUBIO GUERRERO<br />

como estándares para el tratamiento del inversionista, pero también concurren<br />

en general con otros conceptos y se articulan de diversos modos en cada caso,<br />

tal como se enumera a continuación, en la clasificación que ofrecen Salacuse y<br />

Sullivan en un estudio reciente:<br />

• Ámbito de aplicación.<br />

• Condiciones para el ingreso de la inversión extranjera.<br />

• Estándares para el tratamiento de la inversión extranjera.<br />

• Regulación en materia de transferencia de dinero.<br />

• Condiciones operativas.<br />

• Compensaciones derivadas de conflictos internos o conflictos armados.<br />

• Protección en contra de expropiaciones injustificadas.<br />

• Solución especializada de controversias. 88<br />

Nos referiremos en adelante sólo a los llamados estándares sustantivos<br />

para el tratamiento de la inversión extranjera y a la protección en contra de<br />

expropiaciones injustificadas siguiendo a Lowenfeld.<br />

1. Estándares sustantivos<br />

Sobre los estándares para el tratamiento de la inversión extranjera, encontramos<br />

los siguientes elementos, que han sido tratados también en la jurisprudencia<br />

arbitral en materia de inversiones:<br />

a) Trato justo y equitativo. Es uno de los estándares comunes a cargo del<br />

Estados receptor de la inversión que corresponde a una fórmula clásica<br />

proveniente del Derecho Internacional, habiendo sido objeto de diversas<br />

prácticas estatales así como de diversas interpretaciones, especialmente a<br />

partir de la casuística arbitral recientemente producida en la solución de<br />

controversias entre inversionistas y Estados. 89<br />

88<br />

Cf. SALACUSE, Jeswald; SULLIVAN, Nicholas (2005); Do BITS really work?: An evaluation<br />

of Bilateral Investment Treaties and their grand Bargain; en Harvard International Law Journal; 46<br />

Harv. Int´l L.J.67; p. 80-91.<br />

89<br />

Ibid.; p. 83.<br />

LIMA ARBITRATION. N° 1 - 2006 101

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