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Lima Arbitration

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FRANZ KUNDMÜLLER CAMINITI / ROGER RUBIO GUERRERO<br />

El sistema AFR también permite resolver disputas legales derivadas directa<br />

o indirectamente de una inversión mas no temas exclusivamente comerciales.<br />

En consecuencia, bajo el modelo AFR, los Estados y los inversionistas<br />

arbitran sus controversias sin que ello implique que se haya producido la sujeción<br />

integral a la Convención del CIADI ni a sus reglas especiales de arbitraje.<br />

Sin embargo, la Secretaría General efectúa un screening para verificar que se trate<br />

de una controversia derivada de una inversión y brinda apoyo administrativo<br />

para el desarrollo del arbitraje aplicando únicamente las AFR. 32<br />

Las AFR disponen asimismo que los arbitrajes de este tipo deberán llevarse<br />

a cabo en lugares que correspondan a Estados que sean parte de la Convención<br />

de Nueva York de 1958 sobre Reconocimiento y Ejecución de Sentencias Arbitrales<br />

Extranjeras con la finalidad de ofrecer garantías jurídicas mínimas y normas<br />

arbitrales internacionales estandarizadas en lo que corresponde al laudo arbitral;<br />

debido a que la aplicación de las AFR no permiten la aplicación de los medios<br />

de impugnación de laudos contenidos en la Convención del CIADI. 33<br />

1. La condición de parte<br />

En cuanto al Estado receptor de la inversión, 34 es necesario que sea parte de la<br />

Convención del CIADI, para lo cual debe tenerse en cuenta la fecha de ratificación<br />

del tratado y su entrada en vigencia conforme el artículo 68(2) de la Convención.<br />

Al respecto, es preciso advertir que luego del caso Holidays Inn vs.<br />

Marruecos se considera que el momento determinante para evaluar este requisito<br />

es la fecha de solicitud del arbitraje y no la fecha del consentimiento de las<br />

partes. Esto originó que en muchos TBIs se incorporara una previsión para<br />

que los inversionistas pudieran someter sus controversias al CIADI si cualquiera<br />

de los dos Estados en el futuro ratificaba la Convención. 35<br />

32<br />

En el periodo 1996-2005 el CIADI ha registrado 19 casos bajo el sistema AFR.<br />

33<br />

Cf. REED, Lucy; PAULSSON, Jan; BLACKABY, Nigel (2004); Guide to ICSID <strong>Arbitration</strong>;<br />

Kluwer Law International; The Hague, London, New York; p. 10.<br />

34<br />

Puede también tratarse de una subdivisión política u organismo público del Estado contratante<br />

que se acredite ante el CIADI o que cuenta con la aprobación del Estado, salvo<br />

cuando éste notifique al CIADI que no es necesaria esta aprobación.<br />

35<br />

Cf. HIRSCH; Ibid; p. 72-73.<br />

LIMA ARBITRATION. N° 1 - 2006 81

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