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Lima Arbitration

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FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA<br />

controversia, evidentemente existe la posibilidad de dudar de su imparcialidad.<br />

Y si ese árbitro es el padre del abogado de la parte contraria, también podemos<br />

tener esa duda de su independencia; aunque si solamente es primo de ese abogado<br />

la situación es mucho más discutible y exige precisar hasta qué grado de<br />

parentesco se puede considerar para justificar una duda.<br />

Por eso se hace indispensable contar con patrones lo más objetivos posibles<br />

para hacer el concepto de conflicto de interés en la realidad concreta del<br />

proceso.<br />

En el caso de los arbitrajes administrados por alguna institución, encontramos<br />

que muchas veces este tipo de instituciones administradoras incluyen en<br />

sus Reglamentos normas específicas al respecto. Este es el caso de la Cámara de<br />

Comercio de <strong>Lima</strong> y de American Chamber y del Consejo Superior de Contrataciones<br />

y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE). Algunas veces, esas instituciones<br />

tienen además Códigos de Ética que precisan en mayor grado este<br />

tipo de circunstancias, como sucede con el Centro de Arbitraje de la Cámara de<br />

Comercio de <strong>Lima</strong>. Hay, por el contrario, reglamentos institucionales que no se<br />

han preocupado del problema y prácticamente repiten la norma general de la<br />

ley.<br />

Pero también nos puede ser útil la jurisprudencia y la doctrina internacional,<br />

así como los textos guías preparados por algunos centros internacionales<br />

de arbitraje. No cabe duda de que las nociones a que me he referido y cuya<br />

aclaración y precisión requerimos, son —o deberían ser— relativamente similares<br />

en todas partes, independientemente de las diferencias entre las distintas<br />

legislaciones. Más aún, dentro de un mundo globalizado, la perspectiva de lo<br />

que es considerado razonable en esta materia tiende a ser la misma.<br />

3. Precisando el conflicto de interés<br />

En este sentido, el documento fundamental hoy en día es el llamado Lineamientos<br />

sobre Conflictos de Interés en el Arbitraje Internacional 1 publicado por el International<br />

Bar Association.<br />

1<br />

International Bar Association: IBA Guidelines on Conflicts of Interest in International<br />

<strong>Arbitration</strong>, approved on 22 May 2004, Londres, Reino Unido, en adelante denominado en<br />

este artículo como Los Lineamientos.<br />

LIMA ARBITRATION. N° 1 - 2006 169

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