Lima Arbitration
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FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA<br />
controversia, evidentemente existe la posibilidad de dudar de su imparcialidad.<br />
Y si ese árbitro es el padre del abogado de la parte contraria, también podemos<br />
tener esa duda de su independencia; aunque si solamente es primo de ese abogado<br />
la situación es mucho más discutible y exige precisar hasta qué grado de<br />
parentesco se puede considerar para justificar una duda.<br />
Por eso se hace indispensable contar con patrones lo más objetivos posibles<br />
para hacer el concepto de conflicto de interés en la realidad concreta del<br />
proceso.<br />
En el caso de los arbitrajes administrados por alguna institución, encontramos<br />
que muchas veces este tipo de instituciones administradoras incluyen en<br />
sus Reglamentos normas específicas al respecto. Este es el caso de la Cámara de<br />
Comercio de <strong>Lima</strong> y de American Chamber y del Consejo Superior de Contrataciones<br />
y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE). Algunas veces, esas instituciones<br />
tienen además Códigos de Ética que precisan en mayor grado este<br />
tipo de circunstancias, como sucede con el Centro de Arbitraje de la Cámara de<br />
Comercio de <strong>Lima</strong>. Hay, por el contrario, reglamentos institucionales que no se<br />
han preocupado del problema y prácticamente repiten la norma general de la<br />
ley.<br />
Pero también nos puede ser útil la jurisprudencia y la doctrina internacional,<br />
así como los textos guías preparados por algunos centros internacionales<br />
de arbitraje. No cabe duda de que las nociones a que me he referido y cuya<br />
aclaración y precisión requerimos, son —o deberían ser— relativamente similares<br />
en todas partes, independientemente de las diferencias entre las distintas<br />
legislaciones. Más aún, dentro de un mundo globalizado, la perspectiva de lo<br />
que es considerado razonable en esta materia tiende a ser la misma.<br />
3. Precisando el conflicto de interés<br />
En este sentido, el documento fundamental hoy en día es el llamado Lineamientos<br />
sobre Conflictos de Interés en el Arbitraje Internacional 1 publicado por el International<br />
Bar Association.<br />
1<br />
International Bar Association: IBA Guidelines on Conflicts of Interest in International<br />
<strong>Arbitration</strong>, approved on 22 May 2004, Londres, Reino Unido, en adelante denominado en<br />
este artículo como Los Lineamientos.<br />
LIMA ARBITRATION. N° 1 - 2006 169