20.11.2014 Views

1hDdDPm

1hDdDPm

1hDdDPm

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Guía para la inclusión laboral de personas adultas mayores, personas con discapacidad y personas con VIH 2012<br />

que las personas con discapacidad que pretendan realizar la importación definitiva de vehículos especiales o<br />

adaptados a sus necesidades deberán presentar su solicitud a través del “Formato para solicitar autorización<br />

para importar vehículos especiales o adaptados y las demás mercancías que importen las personas con<br />

discapacidad o personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles para la<br />

Ley del Impuesto Sobre la Renta, conforme al artículo 61, fracción XV de la Ley Aduanera”, directamente en la<br />

Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la Administración General Jurídica,<br />

ubicada en Avenida Hidalgo número 77, Módulo VI, planta baja, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc.<br />

México, Distrito Federal, Código Postal 06300, o bien, ante la Administración Local Jurídica que corresponda<br />

al domicilio fiscal de la/el solicitante, en donde también orientarán sobre los documentos que acompañarán a<br />

dicha solicitud.<br />

Es importante señalar que, en su caso, se deberá cubrir el Impuesto al Valor Agregado a la tasa de 16% sobre el<br />

pago total de las mercancías importadas, o bien, del 11% cuando la importación se efectúe por residentes en la<br />

región fronteriza del país. 18<br />

La Ley Aduanera, en su artículo 63, señala que las mercancías importadas al amparo de alguna exención fiscal,<br />

como son los vehículos especiales o adaptados y las demás mercancías que se importen para personas con<br />

discapacidad, no podrán ser enajenadas ni destinadas a propósitos distintos de los que motivaron el beneficio<br />

de la exención.<br />

Para el caso de que los bienes sean enajenados o destinados a finalidades diversas de las que motivaron el beneficio<br />

de la exención del pago del impuesto en su importación, por ejemplo, cuando se utilicen para la especulación<br />

comercial, las autoridades aduaneras procederán al cobro del impuesto general de importación y de las cuotas<br />

compensatorias causadas desde la fecha en que las mercancías fueron introducidas al territorio nacional,<br />

actualizándose el citado impuesto con independencia de la imposición de las sanciones correspondientes.<br />

No se considerará que los vehículos importados se destinan a propósitos distintos a los que motivaron el<br />

beneficio de la exención, por el hecho de que la persona con discapacidad no se encuentre a bordo del vehículo,<br />

siempre que conserve en éste las copias del pedimento de importación definitiva, del permiso otorgado por la<br />

Secretaría de Economía y no se hubiera retirado el dispositivo instalado para el uso personal o transporte de<br />

personas con discapacidad.<br />

En el caso de importación de los aparatos ortopédicos o prótesis para uso de personas con discapacidad, así<br />

como los vehículos especiales o adaptados que sean para su uso personal, siempre que obtengan la autorización<br />

de referencia, no será necesario que la/el importador se inscriba en el Padrón de Importadores.<br />

Para obtener mayor información en materia fiscal, podrá contactar al Servicio de Administración Tributaria<br />

vía telefónica, al 01 800 INFOSAT (4636728), de lunes a sábado, de 8:00 a 21:00 horas; solicitar cita vía<br />

Internet; o bien, acudir a las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente, de lunes a viernes, en un<br />

horario de 8:30 a 15:00 horas.<br />

18<br />

La región fronteriza comprende: además de la franja fronteriza de 20 km, paralela a las líneas divisorias internacionales del norte y sur del país, el<br />

territorio de Baja California, Baja California sur y Quintana Roo, los municipios de Caborca y Cananea, Sonora, así como la región parcial de Sonora<br />

comprendida en los siguientes límites: al norte, la línea divisoria internacional desde el cauce del Río Colorado hasta el punto situado en esa línea a 10<br />

km al oeste del municipio de Plutarco Elías Calles; de ese punto, una línea recta hasta llegar a la costa, a un punto situado a 10 km, al este de Puerto<br />

Peñasco; de ahí, siguiendo el cauce de ese río, hacia el norte hasta encontrar la línea divisoria internacional.<br />

71

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!