26.03.2015 Views

INFORME DE OBSERVACIONES DE LA ... - Infaoliva

INFORME DE OBSERVACIONES DE LA ... - Infaoliva

INFORME DE OBSERVACIONES DE LA ... - Infaoliva

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

que debido a las cantidades generadas, no se pueden depositar en los<br />

contenedores destinados a los domiciliarios.<br />

Resulta fundamental a la luz de la nueva asignación de responsabilidades del<br />

sector de la distribución comercial, adecuar las competencias de las EELL a lo<br />

establecido en la LRSC con el objeto de actualizar y reequilibrar los derechos y<br />

obligaciones de los administrados.<br />

El ejercicio de las competencias por parte de las CCAA y de las EELL no deben<br />

impedir el desarrollo de estructuras empresariales y de gestión eficaces y<br />

eficientes. Resulta muy difícil el desarrollo de un tejido empresarial de servicios<br />

medioambientales para las empresas potentes y con capacidad de gestión e<br />

innovación si el marco jurídico lleva a una fragmentación espacial injustificada de<br />

las actividades.<br />

Se considera que la atribución de la responsabilidad de la generación de residuos<br />

comerciales derivados de su actividad, debe ir vinculada a la posibilidad de elegir<br />

la forma más eficiente de cumplir con esa obligación.<br />

TITULO II. Producción y posesión de residuos<br />

Se solicita que se mantenga la uniformidad y simplificación definida en la LRSC,<br />

especialmente en aspectos tan básicos e importantes como los que conciernen a<br />

qué se entiende por productor o poseedor, tanto de residuos peligrosos como no<br />

peligrosos, sus obligaciones o cuando asume o no la titularidad del residuos. En<br />

caso contrario se crea una situación de desigualdad entre los agentes implicados y<br />

posibles desigualdades desfavorables para los empresarios andaluces.<br />

El objetivo de la LRSC que ha sido ampliamente discutida con las Comunidades<br />

Autónomas ha sido lograr una mayor claridad y sistematización de las obligaciones<br />

de los sujetos implicados en la cadena de producción y gestión de residuos, así<br />

como una simplificación de las cargas administrativas sobre los operadores<br />

existentes, sustituyendo parte de las autorizaciones existentes en la Ley 10/1998<br />

por comunicaciones. Igualmente dicha tendencia de disminución de cargas<br />

administrativas, ha venido impuesta y recomendada por Europa en la última<br />

legislación publicada.<br />

Por tanto, es necesario mantener las definiciones que delimitan quienes son<br />

productores o en su caso poseedores, tanto de residuos peligrosos como no<br />

peligrosos; sus obligaciones y cuando asumen o no la titularidad del residuo, sin<br />

crear figuras nuevas o distorsiones en sus obligaciones.<br />

Además, todo lo mencionado anteriormente, tiene repercusión en la distinción<br />

entre actividades sometidas a comunicación y a autorización, por lo que es<br />

necesario crear un marco homogéneo y claro que no perjudique a agrave a las<br />

empresas ubicadas en la Comunidad de Andalucía.<br />

Artículo 10: Persona o entidad productora de residuos peligrosos<br />

Centro de Servicios Empresariales de Andalucía Isla de la Cartuja s/n 41092 SEVIL<strong>LA</strong> Tf.:95 448 89 00 Fax: 95 448 89 11 E-mail: cea@cea.es

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!