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INFORME DE OBSERVACIONES DE LA ... - Infaoliva

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salud humana, y respetando la necesidad de garantizar el correcto funcionamiento<br />

del mercado interior”.<br />

Por tanto, se solicita la eliminación del capítulo VII del proyecto.<br />

Fijación de objetivos de prevención y gestión referenciados en Andalucía.<br />

Dificultades de cumplimiento e incremento considerable de costes para las<br />

empresas y el consumidor final.<br />

La normativa europea y la legislación nacional ya establecen objetivos de<br />

prevención y gestión para los distintos tipos de residuos. Dada la actual situación<br />

económica, no se debería ir más allá de estos objetivos, por el impacto que puede<br />

tener sobre las empresas.<br />

Estos objetivos no deben superar lo establecido en la Directiva Marco de Residuos<br />

y en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados, pero además, el cumplimiento<br />

de dichos objetivos no se debería circunscribir a la Comunidad Autónoma de<br />

Andalucía.<br />

No deberían establecerse como de obligado cumplimiento en el ámbito de nuestra<br />

Comunidad Autónoma objetivos de prevención y gestión para determinados<br />

residuos, que además van más allá, en algunos casos, de lo establecido en la Ley<br />

22/2011.<br />

Sin perjuicio de la competencia que tiene nuestra Comunidad Autónoma para<br />

establecer normas adicionales de protección en materia de medio ambiente, es<br />

preciso señalar que, en la mayoría de los casos, los objetivos que se establecen son<br />

superiores a los fijados en la normativa básica para el conjunto del Estado, que<br />

normalmente son los previstos en las correspondientes Directivas comunitarias.<br />

Esto supone una clara distorsión que inevitablemente ocasionará restricciones al<br />

libre mercado y va en contra del principio de solidaridad entre territorios. Además,<br />

supondrá un incremento de costes para los Sistemas de Gestión Individuales o<br />

Colectivos en la Comunidad Autónoma de Andalucía respecto de otros territorios<br />

del Estado.<br />

Además se establece que los objetivos de gestión de residuos se cumplirán para los<br />

residuos municipales en cada una de las unidades territoriales de gestión definidas<br />

por las Administraciones Locales y en el ámbito provincial, para el resto de<br />

residuos.<br />

Esta obligación resulta inviable para los Sistemas de Gestión Individuales y<br />

Colectivos desde un punto de vista ambiental, social y económico, pues no es<br />

posible desde un punto de vista práctico, hacer un seguimiento y verificación de<br />

esta obligación.<br />

Antes de establecer estos objetivos, se tendrían que realizar un estudio en el que se<br />

determine la repercusión en el coste que tendrá para las empresas y para los<br />

consumidores la consecución de los objetivos fijados. Solo en el caso de que este<br />

Centro de Servicios Empresariales de Andalucía Isla de la Cartuja s/n 41092 SEVIL<strong>LA</strong> Tf.:95 448 89 00 Fax: 95 448 89 11 E-mail: cea@cea.es

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