INFORME DE OBSERVACIONES DE LA ... - Infaoliva
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salud humana, y respetando la necesidad de garantizar el correcto funcionamiento<br />
del mercado interior”.<br />
Por tanto, se solicita la eliminación del capítulo VII del proyecto.<br />
Fijación de objetivos de prevención y gestión referenciados en Andalucía.<br />
Dificultades de cumplimiento e incremento considerable de costes para las<br />
empresas y el consumidor final.<br />
La normativa europea y la legislación nacional ya establecen objetivos de<br />
prevención y gestión para los distintos tipos de residuos. Dada la actual situación<br />
económica, no se debería ir más allá de estos objetivos, por el impacto que puede<br />
tener sobre las empresas.<br />
Estos objetivos no deben superar lo establecido en la Directiva Marco de Residuos<br />
y en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados, pero además, el cumplimiento<br />
de dichos objetivos no se debería circunscribir a la Comunidad Autónoma de<br />
Andalucía.<br />
No deberían establecerse como de obligado cumplimiento en el ámbito de nuestra<br />
Comunidad Autónoma objetivos de prevención y gestión para determinados<br />
residuos, que además van más allá, en algunos casos, de lo establecido en la Ley<br />
22/2011.<br />
Sin perjuicio de la competencia que tiene nuestra Comunidad Autónoma para<br />
establecer normas adicionales de protección en materia de medio ambiente, es<br />
preciso señalar que, en la mayoría de los casos, los objetivos que se establecen son<br />
superiores a los fijados en la normativa básica para el conjunto del Estado, que<br />
normalmente son los previstos en las correspondientes Directivas comunitarias.<br />
Esto supone una clara distorsión que inevitablemente ocasionará restricciones al<br />
libre mercado y va en contra del principio de solidaridad entre territorios. Además,<br />
supondrá un incremento de costes para los Sistemas de Gestión Individuales o<br />
Colectivos en la Comunidad Autónoma de Andalucía respecto de otros territorios<br />
del Estado.<br />
Además se establece que los objetivos de gestión de residuos se cumplirán para los<br />
residuos municipales en cada una de las unidades territoriales de gestión definidas<br />
por las Administraciones Locales y en el ámbito provincial, para el resto de<br />
residuos.<br />
Esta obligación resulta inviable para los Sistemas de Gestión Individuales y<br />
Colectivos desde un punto de vista ambiental, social y económico, pues no es<br />
posible desde un punto de vista práctico, hacer un seguimiento y verificación de<br />
esta obligación.<br />
Antes de establecer estos objetivos, se tendrían que realizar un estudio en el que se<br />
determine la repercusión en el coste que tendrá para las empresas y para los<br />
consumidores la consecución de los objetivos fijados. Solo en el caso de que este<br />
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