INFORME DE OBSERVACIONES DE LA ... - Infaoliva
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CONSI<strong>DE</strong>RACIONES AL ARTICU<strong>LA</strong>DO:<br />
Exposición de motivos:<br />
El contenido del proyecto y el marco jurídico que en él se desarrolla, como así se<br />
expresa en la exposición de motivos, se basa en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de<br />
Residuos. Sin embargo, esta Ley 10/1998 ha sido derogada por la Ley 22/2011, de<br />
28 de julio, de residuos y suelos contaminados, que modifica el marco legislativo<br />
del Estado español en materia de residuos, para su adaptación a las modificaciones<br />
del derecho comunitario realizados a través de la Directiva 2008/98/CE, con el<br />
objetivo de actualizar y mejorar el régimen previsto en la anteriormente vigente<br />
Ley 10/1998.<br />
Por tanto, entendemos que este Decreto se tiene que desarrollar en base a los<br />
conceptos, instrumentos y regímenes que marca la Ley 22/2011, de 28 de julio, de<br />
residuos y suelos contaminados (en adelante LRSC).<br />
Se solicita incluir las referencias a la LRSC.<br />
Disposición transitoria séptima. Catálogo de Residuos de Andalucía,<br />
operaciones de tratamiento autorizadas.<br />
Este Catálogo de Residuos propuesto limita y restringe las operaciones de<br />
tratamiento, y especialmente las operaciones de eliminación, que se pueden<br />
realizar. Entendemos que esta limitación es demasiado estricta para la situación<br />
económica y de la técnica actual.<br />
Consideramos positivo determinar tendencias y avances, pero para excluir una<br />
determinada operación de tratamiento, especialmente las de eliminación, tienen<br />
que existir operaciones alternativas técnica y económicamente viables, probadas,<br />
así como extendidas a nivel industrial en el sector.<br />
Actualmente y con la técnica actual muchas empresas andaluzas se encontrarían<br />
imposibilitadas a su cumplimiento.<br />
Además, la jerarquía de residuos establece el orden de prioridad en el que se<br />
aplicarán y desarrollarán las operaciones de gestión, pero no prohíbe o excluye<br />
ninguna operación.<br />
Por tanto, proponemos que se adecue el listado que aparece en el anexo II a lo que<br />
se propone en este informe, o que en su caso se proponga un listado orientativo y<br />
no excluyente de operaciones a realizar en cada tipo de residuo.<br />
Artículo 2: Ámbito de aplicación<br />
Apartado 1: Se solicita, por un lado ampliar la lista de las exclusiones del artículo<br />
2, y paralelo a ello, añadir las correspondientes definiciones de lodos al artículo 3,<br />
y trasladar los lodos de depuración a la competencia municipal.<br />
Centro de Servicios Empresariales de Andalucía Isla de la Cartuja s/n 41092 SEVIL<strong>LA</strong> Tf.:95 448 89 00 Fax: 95 448 89 11 E-mail: cea@cea.es