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TERRESTRE<br />
POR HUGO DOMÍNGUEZ Y DIDIER RAMÍREZ<br />
Camiones con doble remolque<br />
La moneda<br />
aún en el aire<br />
El Instituto de Transporte de Texas dictaminó reducir el peso de<br />
los fulles a 75.5 toneladas; la SCT tiene la última palabra.<br />
En tiempos de verdadera incertidumbre<br />
política en México, el autotransporte<br />
no queda a salvo tras el dictamen<br />
emitido por el Instituto de<br />
Transporte de Texas (TTI, por sus siglas en<br />
inglés) respecto al anteproyecto de norma que<br />
regulará el peso y las dimensiones con los que<br />
deben circular los vehículos de carga doblemente<br />
articulados.<br />
En este sentido, según el estudio en<br />
manos de <strong>T21</strong>, la recomendación del TTI<br />
más conveniente para las carreteras mexicanas<br />
es reducir a 75.5 toneladas el peso máximo,<br />
con ello, se tendría un impacto mínimo<br />
en los precios de los bienes de consumo de<br />
apenas de 0.01% del valor de las mercancías<br />
por la reducción a las toneladas, además de<br />
un ahorro del costo-país que tendría un<br />
impacto al gasto de infraestructura carretera<br />
de entre 97 y 161 millones de pesos anuales; a<br />
parte de nueve mil millones de pesos al año<br />
por mantenimientos de puentes, a fin de que<br />
resistan el peso de estos vehículos y reparen<br />
posibles daños.<br />
Antecedente<br />
La NOM 012 que emite la Secretaría de<br />
Comunicaciones y Transportes (SCT) de<br />
México, regula el peso y medida que deben<br />
tener los camiones en el país. En 1997 se<br />
publicó la misma y en 2002 tendría que<br />
haberse actualizado con la definición del peso<br />
máximo en las dobles articulaciones.<br />
En ese tiempo, la Asociación Nacional<br />
del Transporte Privado (ANTP) y la Cámara<br />
Nacional del Autotransporte de Carga<br />
(Canacar), mantuvieron una controversia<br />
por el peso que deberían llevar los camiones<br />
doblemente articulados; por un lado, la ANTP<br />
argumentó como 81.5 toneladas como máximo,<br />
con suspensión neumática, como un factor<br />
de competitividad en el transporte de mercancías,<br />
mientras para Canacar el tonelaje<br />
máximo debía ser 75.5 toneladas, esto es para<br />
mayor seguridad en carreteras y menor desgaste<br />
de equipos.<br />
Sin embargo, al no haber un acuerdo, la<br />
Comisión de la Mejora Regulatoria (Cofemer)<br />
propuso a la SCT que fuera un tercero el que<br />
emitiera un dictamen con argumentos técnicos<br />
para resolver el conflicto, situación que se dio a<br />
fines de julio pasado, con la propuesta de 75.5<br />
toneladas como peso máximo.<br />
La historia dice que antes de que fuera<br />
enviada a estudio la norma, los principales<br />
actores del transporte de carga en el país, ANTP<br />
y Canacar, habían llegado al acuerdo de que el<br />
peso máximo para la configuración T3-S2-R4<br />
fuera de 80 toneladas, que más bien pareció<br />
una salida política a un argumento técnico.<br />
Resolución<br />
Según Tirso Martínez, presidente de Canacar, la<br />
esperanza está puesta en que el Manifiesto de<br />
Impacto Regularorio (MIR) -que se requirió al<br />
TTI en el estudio- no afecte el proyecto de norma<br />
al que se busca llegar y en todo caso haya una<br />
definición, para dar certidumbre al sector.<br />
En un paralelismo con la situación<br />
electoral de nuestro país aun no hay nada<br />
definido, pues la Cofemer dispone de 30 días<br />
hábiles para realizar su dictamen con base en<br />
todos los elementos expuestos desde que en<br />
2004 tiene en sus manos el anteproyecto. Este<br />
organismo se encargará de entregar su resolución<br />
a la SCT, quien es la responsable de<br />
publicar el Proyecto de Norma, a partir del<br />
cual se tendrán 60 días para recibir los<br />
comentarios respectivos, para publicarla en<br />
definitiva.<br />
Ahora, la diferencia radica en que la<br />
ANTP se fundamenta en un estudio del<br />
Instituto de Ingeniería de la Universidad<br />
Nacional Autónoma de México (UNAM), en<br />
donde se aprueba el empleo de 81.5 tons sin<br />
que ello tenga repercusiones en la infraestructura<br />
carretera, principalmente en los<br />
puentes, toda vez, que el peso repartido entre<br />
los nueve ejes que componen un full, técnicamente<br />
impacta menos que una configuración<br />
sencilla; posición contraria al TTI.<br />
La situación parece ver fin y hay<br />
esperanzas de que se resuelva en esta<br />
administración. Tirso Martínez, asegura<br />
que “la Cofemer ya no tiene pretextos para<br />
impedir la publicación del proyecto de<br />
norma”, y entonces crear nuevamente<br />
incertidumbre, algo de lo que adolece el<br />
sector y el país en general.<br />
30 <strong>T21</strong> I AGOSTO 2006