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saldo, estos no devengarán la remuneración establecidaen el Pacto c u a r t o, pero el a u t o r tendrá derecho a adquirirdirectamente del e d i t o r todos o parte de los ejemplaresque le resten a precio de saldo, debiendo comunicarle laopción elegida dentro del plazo de treinta días siguientesa la recepción de la comunicación que el e d i t o r deberáhaberle realizado fehacientemente a tal efecto.En caso de venta en saldo o destrucción de los ejemplares,los derechos cedidos al e d i t o r en el presente contratorevertirán directamente al a u t o r, sin necesidad depreaviso y sin perjuicio de las cantidades ya pagadas odebidas todavía al a u t o r.Y en prueba de su conformidad, lo firman por duplicadoen la fecha y lugar señalados en el encabezamiento.el e d i t o rel a u t o rd é c i m o t e r c e r o.— o b l i g a c i o n e s fiscalesEl a u t o r faculta expresamente al editor para la detraccióne ingreso en el Tesoro Público de aquellas cantidadesque por cualquier concepto impositivo hubiera de satisfacer,derivadas de los rendimientos de la propiedadintelectual objeto de este contrato, en todos aquellosimpuestos o gravámenes en que el e d i t o r tenga, por disposiciónlegal, la condición de sustituto del a u t o r comocontribuyente.d é c i m o c u a r t o.— e n t i d a d e s d e gestiónAmbas partes se someten expresamente a lo dispuestoen el artículo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual respectoa la participación en una remuneración compensatoriapor las reproducciones para uso privado de laobra, a través de la entidad de gestión correspondiente.d é c i m o q u i n t o.— legislación a p l i c a b l eEl presente contrato se regirá y será interpretado conformea lo previsto en el Real Decreto Legislativo 1/1996,de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundidode la Ley de Propiedad Intelectual y, en general, por lasdisposiciones legales que le sean de aplicación.d é c i m o s e x t o.— sumisiónAmbas partes se someten, para cualquier diferencia quepudiera surgir de la interpretación y cumplimiento delpresente contrato, a la jurisdicción y competencia de losJuzgados y tribunales de la ciudad de … renunciando asu propio fuero, de ser otro.[1] Concretar la expresión de la lengua o lenguas en quehaya de publicarse.[2] Debe tenerse en cuenta que como anticipo a cuenta delos derechos que podrían corresponderle al a u t o r, el e d i-t o r le ha satisfecho la cantidad reflejada en el contratode encargo de obra.[3] A modo de recomendación y para evitar la exageradaamplitud entre mínimo y máximo que a veces se establececontraviniendo la intención del artículo 60 de laLey de Propiedad Intelectual, se podrá limitar dicha amplitud,dependiendo de la cuantía del mínimo de ejemplaresprevisto, en la siguiente proporción:a) si el mínimo es inferior a 10 000 ejemplares, el máximode ejemplares no podrá ser superior al triple delmínimo previsto;b) si el mínimo va de 10 000 a 50 000 ejemplares, elmáximo no podrá ser superior al doble del mínimoprevisto;c) si el mínimo es superior a 50 000 ejemplares, el máximono podrá ser superior al 150 % del mínimo.82

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