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Arbitrajes electrónicos y Derecho del Consumidor ... - lima arbitration

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ARBITRAJES ELECTRÓNICOS Y DERECHO DEL CONSUMIDOR, ¿UNA OPCIÓN PARA EL B2C?ende, autoriza a los Estados a aplicar su jurisdicción a los individuos que realicenmanifestaciones incitando el genocidio y otro tipo de crímenes contra la humanidaden Internet.El estudio de la jurisdicción, a nivel internacional, nos muestra un camino aseguir al analizar cómo se resolverá un conflicto en un caso de contratación conconsumidores a través de Internet. Será importante, para cada caso que sepresente, el análisis, en primer lugar, de si las partes han elegido un foro para laaplicación de las leyes y resolución de posibles conflictos. Ante la ausencia dedicho acuerdo, las reglas analizadas de derecho internacional crean una posibilidadpara regular, de manera más apropiada, la contratación electrónica. Un error de lasposiciones liberales, o de no intromisión, es no tomar en cuenta que, en grandiversidad de ocasiones, no importa para el <strong>Derecho</strong> en donde se hayan realizadolos actos, sino en donde surten efectos. Dependiendo de esto, el foro de unEstado u otro será el competente para aplicar su legislación y juzgar el caso. Enel caso de compraventas de inmuebles, podemos ver que la aplicación de criteriosde territorialidad demuestra que la ley aplicable será la <strong>del</strong> lugar en donde seencuentre el inmueble. Por más que la operación se realice en el ciberespacio, oen dos distintos países, lo esencial es que los efectos se producirán en unEstado. En caso de compraventas de bienes muebles, será determinante analizartodos lo aspectos que rodeen la transacción, como nacionalidad de las partes,aspectos territoriales, localización <strong>del</strong> bien y otros, para definir cuál será elforo más los Estados ejercer potestades de jurisdicción ante los individuos quese encuentren en apropiado.Aunque parte de la doctrina pudiera considerar que las actuaciones de losindividuos, respecto a la contratación electrónica, no se presentan en unalocalización física, sino virtual, y por ello ningún Estado puede regularlo, esto es ungrave error. Si bien Internet no es un espacio territorial, la contratación realizadapor esa vía posibilita la aplicación de normativa de derecho internacional e,crímenes que la costumbre y el derecho internacional consideran de tal magnitud que son de interés de toda lacomunidad de naciones. No requiere la existencia de algún elemento de conexidad con el Estado que procureatribuirse facultades jurisdiccionales. Nos encontramos ante un principio en el que lo esencial, para atribuirse estasfacultades, es la consideración de <strong>del</strong>itos, tan graves, que atenten contra la raza humana y la condenación general <strong>del</strong>os Estados. Aunque este principio es todavía muy discutido, casos como el de Augusto Pinochet en Inglaterra hanconfirmado que es válidamente considerado y aceptado por los Estados. Los actos deberán ser de granmagnitud,como, por ejemplo, genocidio, trata de esclavos, ataques a aeronaves, terrorismo, y todos los <strong>del</strong>itos de lesahumanidad que denigren y afecten a la raza humana o a un grupo o grupo específicos de individuos considerable.En Costa Rica, los artículos 372 y 373 <strong>del</strong> Código Penal son un claro ejemplo de esta potestad jurisdiccionallegislativa de un país, con base en el principio de universalidad.27Ver Estatuto <strong>del</strong> Tribunal Internacional para la persecución de los individuos responsables de serias violacionesal <strong>Derecho</strong> Humanitario en el territorio de la antigua Yugoslavia, en American Journal of International Law, pags.639-640, Estado Unidos, 1993.LIMA ARBITRATION N° 3 - 2008 / 2009 279

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