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Arbitrajes electrónicos y Derecho del Consumidor ... - lima arbitration

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ARBITRAJES ELECTRÓNICOS Y DERECHO DEL CONSUMIDOR, ¿UNA OPCIÓN PARA EL B2C?La expresión “acuerdo por escrito”, de acuerdo con la recomendaciónrealizada por UNCITRAL, la cual precisamente ha tomado en cuenta el factorInternet en esta propuesta, debe ser interpretada de manera no exhaustiva,permitiendo, asimismo, aplicar las leyes o convenciones internas en cada Estadoque pudieren, incluso, ser más favorables a la aceptación de las cláusulasarbitrales. En esto se presenta un factor determinante: los Estados tienden ya ala aceptación de los documentos <strong>electrónicos</strong> como medios escritos, en tanto secumpla con el criterio de la equivalencia funcional, el cual se encuentra ennumerosas leyes internas así como en propuestas de la misma UNCITRAL, comolo es la Ley Mo<strong>del</strong>o de Comercio Electrónico de 1996 49 .b) El soporte electrónico de documentos y el proceso arbitral: las firmasdigitalesDesde la cláusula arbitral hasta el entero procedimiento, deben llevarse en unsoporte electrónico adecuado que permita a las partes ver cumplidos susderechos procesales básicos, como acceso al expediente, posibilidad deinterposición de escritos, confidencialidad de las comunicaciones, inalterabilidadde las mismas, acceso a audiencias orales y, evidentemente, acceso apropiado allaudo arbitral debidamente firmado por los árbitros correspondientes.Las diferentes instituciones realizando, actualmente, procedimientos arbitrales(así como en la mediación y conciliación) on-line han optado por diversos programas49Como se expone en el propio sitio web de UNCITRAL, dicha Ley Mo<strong>del</strong>o ha sido exitosa en su influencia directaen legislaciones internas, lo cual nos permite afirmar que el reconocimiento de un documento electrónico como unmedio “escrito” facilita, a nivel internacional, el reconocimiento de las cláusulas arbitrales on-line. Existen ejemplosde lo anterior, pues la ley mo<strong>del</strong>o ha sido adoptada en Bailiwick de Guernesey (2000), el Bailiwick de Jersey (2000)y la Isla de Man (2000), que son dependencias de la Corona <strong>del</strong> Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda <strong>del</strong> Norte;en las Bermudas (1999), las Islas Caimán (2000), y las Islas Turcos y Caicos (2000), territorios de ultramar <strong>del</strong> ReinoUnido, y en Hong Kong (Región Administrativa Especial de China) (2000), se ha preparado ley uniforme en losEstados Unidos de América (Ley uniforme de transacciones electrónicas, adoptada en 1999 por la ConferenciaNacional de Comisionados sobre la Ley Uniforme Estatal), la que ha sido promulgada en Alabama (2001), Alaska(2004), Arizona (2000), Arkansas (2001), California (1999), Colorado (2002), Connecticut (2002), Delaware (2000),Florida (2000), Hawaii (2000), Idaho (2000), Indiana (2000), Iowa (2000), Kansas (2000), Kentucky (2000),Louisiana (2001), Maine (2000), Maryland (2000), Massachusetts (2003), Michigan (2000), Minnesota (2000),Mississippi (2001), Missouri (2003), Montana (2001), Nebraska (2000), Nevada (2001), New Hampshire (2001),Nueva Jersey (2000), Nuevo México (2001), Carolina <strong>del</strong> Norte (2000), Carolina <strong>del</strong> Sud (2004), Dakota <strong>del</strong> Norte(2001), Distrito de Columbia (2001), Ohio (2000), Oklahoma (2000), Oregón (2001), Pennsylvania (1999), RhodeIsland (2000), Dakota <strong>del</strong> Sur (2000), Tennessee (2001), Texas (2001), Utah (2000), Vermont (2003), Virginia(2000), West Virginia (2001), Wisconsin (2004), Wyoming (2001) y el Distrito de Columbia (2001). El estado deIllinois ya había incorporado la Ley Mo<strong>del</strong>o en su legislación en 1998, así como internacionalmente la Ley Mo<strong>del</strong>oha sido promulgada en Australia (1999), China (2004), Colombia* (1999), el Ecuador* (2002), los Emiratos ÁrabesUnidos (2006), Eslovenia (2000), Filipinas (2000), Francia (2000), la India* (2000), Irlanda (2000), Jordania (2001),Mauricio (2000), México (2000), Nueva Zelandia (2002), el Pakistán (2002), Panamá* (2001), la República de Corea(1999), la República Dominicana* (2002), Singapur (1998), Sri Lanka (2006), Sudáfrica* (2002), Tailandia (2002),Venezuela (2001) y Viet Nam (2005). Ver en Internet en:http://www.uncitral.org/uncitral/es/uncitral_texts/electronic_commerce.htmlLIMA ARBITRATION N° 3 - 2008 / 2009 289

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