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ASESORÍA LABORAL<br />
D<br />
Respuesta.<br />
El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo otorga<br />
coberturas por accidente de trabajo y enfermedad<br />
profesional a los trabajadores, empleados y obreros<br />
que tienen la calidad de afiliados regulares del Seguro<br />
Social de Salud (EsSalud) y que laboran en un centro<br />
de trabajo en el que la entidad empleadora realiza las<br />
actividades descritas en el Anexo 5 del Decreto Supremo<br />
N.º 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización<br />
de la Seguridad Social en Salud (artículo 1 del Decreto<br />
Supremo N.º 003- 98-SA).<br />
7. Entidades que pueden suscribir el SCTR<br />
Un sindicato de trabajadores de construcción civil,<br />
preocupados por la contratación anual del SCTR, nos<br />
consulta con que entidades puede suscribir el empleador<br />
este tipo de contratos.<br />
Respuesta.<br />
En primer lugar, las entidades empleadoras que realizan<br />
las actividades de riesgo señaladas en el Anexo 5 del<br />
Decreto Supremo N° 009-97-SA están obligadas a<br />
contratar el seguro complementario de trabajo de<br />
riesgo, asumiendo por su cuenta el costo de las primas<br />
y/o aportaciones que origine su contratación. Son<br />
consideradas actividades de riesgo (Anexo 5 del Decreto<br />
Supremo N° 009- 97-SA) las siguientes:<br />
- Extracción de madera<br />
- Pesca<br />
- Petróleo crudo y gas<br />
natural<br />
- Madera y corcho<br />
- Sustancias químicas<br />
industriales<br />
- Fabricación de otros<br />
productos químicos<br />
- Extracción de mineral - Refinerías de petróleo<br />
- Industria del tabaco - Transporte aéreo<br />
- Fabricación de textiles - Servicios médico,<br />
odontológico<br />
- Cuero y sucedáneos - Derivados del<br />
petróleo y carbón<br />
- Fabricación de productos<br />
plásticos<br />
- Fabricación de otros<br />
productos minerales<br />
- Industria básica de<br />
metales no ferrosos<br />
- Fabricación de<br />
productos de vidrio<br />
- Industria básica del<br />
hierro y acero<br />
- Construcción de<br />
maquinarias<br />
- Electricidad, gas y vapor - Construcción<br />
- Servicios de saneamiento - Manipuleo de carga –<br />
Activ. Portuaria<br />
Adicionalmente, de conformidad con la Ley N° 28081,<br />
se incorpora el trabajo de los periodistas que realizan<br />
investigación de campo como actividad de riesgo. El objeto<br />
de la norma es que los afiliados regulares o potestativos del<br />
Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud que<br />
desarrollen actividades como profesional en periodismo<br />
y camarógrafos de la prensa televisiva, radial y escrita que<br />
se dedican a la investigación de campo que implique riesgo<br />
para su vida y salud, tiene la cobertura adicional del seguro<br />
complementario de trabajo de riesgo.<br />
De conformidad con la segunda disposición final y<br />
transitoria, Ley N° 28806, Ley General de Inspección del<br />
Trabajo, los inspectores auxiliares, inspectores del trabajo<br />
y supervisores-inspectores del trabajo están comprendidos<br />
dentro de los alcances del Anexo 5 del Decreto Supremo N.°<br />
009- 97-SA, considerándose como actividades de alto riesgo<br />
los servicios prestados por dichos servidores públicos.<br />
Asimismo el SCTR podrá ser contratado libremente con:<br />
- EsSalud o<br />
- Entidad prestadora de salud (EPS) y que no incluye los<br />
subsidios económicos tales como incapacidad temporal,<br />
maternidad, lactancia que son de cargo de EsSalud.<br />
Base legal: Decreto Supremo N° 009-97-SA<br />
8. Qué tipo de prestaciones otorga el SIS microempresas<br />
Las prestaciones a las que tiene derecho los afiliados y<br />
derechohabientes de este régimen incluyen el acceso al<br />
Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias, regulado<br />
por el Decreto Supremo N° 004-2007-SA, este beneficio se<br />
extiende a los conductores de la microempresa.<br />
Este régimen de la seguridad social en ninguna circunstancia<br />
contempla el pago de prestaciones económicas, siendo el<br />
beneficio esencial la atención medica hospitalaria en los<br />
centros de salud del Ministerio de Salud.<br />
La obligación de la microempresa corresponde abonar el<br />
50% de la aportación mensual, la cobertura del SIS tiene un<br />
costo de s/.30 mensuales por cada trabajador y su familia.<br />
Ahora, debemos señalar que estamos ante un seguro<br />
“semicontributivo” en virtud del cual el costo referido es<br />
asumido en un 50 % por el Estado y el otro 50 % por el<br />
conductor o empleador de la microempresa. De este modo,<br />
el empleador deberá pagar por cada uno de sus trabajadores<br />
la suma de S/.15.<br />
La afiliación de los trabajadores al SIS la realiza el conductor<br />
o representante de la microempresa. Para ello el conductor<br />
tuvo que haber accedido al portal del REMYPE donde<br />
registró los datos de la empresa e hizo lo mismo con los<br />
datos personales y demás información requerida por el<br />
sistema de todos los trabajadores y sus derechohabientes<br />
(esto es, cónyuge e hijos menos de 18 años). De dicho modo<br />
se habrá producido ya la afiliación del trabajador al Seguro<br />
Integral de Salud - SIS.<br />
Base legal: Decreto Supremo N° 013-2013-Produce.<br />
9. Entrega de boletín informativo de pensiones<br />
Un grupo de trabajadores nuevos, va a ingresar a laborar a<br />
una empresa, la cual nos consulta si debe entregar el Boletín<br />
Informativo a todos los trabajadores o solo a los que no<br />
están afiliados a algún régimen pensionario.<br />
Respuesta.<br />
Si un trabajador que no pertenece a ningún régimen<br />
pensionario (sea porque recién se incorpora a la vida laboral<br />
o emitía exclusivamente recibos por honorario), el nuevo<br />
empleador deberá entregar un boletín informativo y un<br />
formulario de elección.<br />
El empleador tiene cinco (5) días hábiles para entregar a<br />
los trabajadores no afiliados a ningún régimen pensionario,<br />
que inicien por primera vez una relación laboral, una copia<br />
del ”boletín informativo”, este documento tiene como fin<br />
orientar a los trabajadores para decidir si desean afiliarse<br />
2da. Quincena de Julio D - 11