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ESTUDIO DE DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO ...

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Memorias de la presentación del Estudio de Derecho Internacional<br />

Humanitario Consuetudinario - Colombia 2008<br />

114<br />

Corte Constitucional Colombiana, un estado de cosas inconstitucional 4 . Si<br />

una persona se desplaza de forma forzada, esa persona tendrá una amenaza<br />

directa a su derecho a la salud (no sabe dónde quedan los servicios de<br />

salud, no los hay o no les brindan), a la integridad física (condiciones de vida<br />

que atentan contra su cuerpo y equilibrio emocional), al trabajo (perder la<br />

forma cotidiana de ganarse el sustento), al mínimo vital (deja de percibir<br />

los ingresos económicos), a la vivienda (deja su casa, hogar o domicilio<br />

habitual), a la libertad de movimiento (no decide a dónde ir sino a donde la<br />

necesidad le lleve), a la educación (igual que el trabajo, no podrá asistir a los<br />

establecimientos educativos), a la personalidad (la identidad se modifica<br />

y se pierde el control autónomo de las formas de desarrollar la vida). Para<br />

entender, de manera más humana, los efectos del desplazamiento en un<br />

conflicto y poder imaginar las historias de gente que huye de la violencia,<br />

recomendamos leer a Laura Restrepo, La multitud errante. 5<br />

Por mencionar un caso de la región, que ha sido ampliamente documentado<br />

por el ACNUR, el gobierno y por la Corte Constitucional, en Colombia<br />

“cada año, 220.000 personas son forzadas por el conflicto armado a dejar<br />

sus viviendas en diferentes lugares del país. Como resultado, 2’500.962<br />

colombianos son reconocidos hoy por el Gobierno como desplazados. La<br />

directora del Departamento Nacional de Planeación (DNP)... informó [que]<br />

había 563.000 hogares en esta situación.” 6<br />

La reacción ante este fenómeno, que no es nuevo ni exclusivo de los países<br />

periféricos, no se hizo esperar. Lo primero que acontece es la conciencia del<br />

problema, luego se toman medidas que intentan afrontar el problema, una<br />

de ellas, quizá la inevitable aunque no la más efectiva, es la de desarrollar<br />

normas jurídicas. A nivel interno, el problema se lo puede mirar desde la<br />

lectura constitucional, como violación de derechos humanos, y en este<br />

sentido Colombia ha sido ejemplar por la sentencia expedida en el 2004.<br />

La sentencia sobre desplazamiento forzado, expedida por la Corte<br />

Constitucional de Colombia, ha sido un hito en el sentido de intentar, desde<br />

lo judicial, abordar un problema de políticas públicas del Estado. La sentencia<br />

acumuló 108 expedientes y pretende resolver el problema de 1.150 núcleos<br />

familiares desplazados. La sentencia consideró que la violación a múltiples<br />

derechos por el desplazamiento es masiva, prolongada y reiterada, y<br />

este fenómeno -como quedó dicho- lo consideró como “estado de cosas<br />

inconstitucional”. La sentencia estableció responsabilidad imputable a toda<br />

autoridad pública involucrada, por acción u omisión, con el fenómeno y<br />

dispuso al menos un mínimo de protección para respetar el núcleo esencial<br />

de los derechos, el apoyo a la estabilización socioeconómica y el derecho al<br />

retorno. También ha sido un hito la sentencia en el sentido de involucrarse<br />

en la ejecución, a través de autos, de lo resuelto para que la protección sea<br />

efectiva. 7<br />

4 Corte Constitucional de Colombia, Sentencia T-025-2004.<br />

5 Laura Restrepo, La multitud errante, Seix Barral Biblioteca Breve, Bogotá, 2001.<br />

6 ACNUR, “Desplazados son 2,5 millones”, 3 de julio de 2008, en http://www.acnur.org/index.php?id_pag=7710<br />

(visita 3 de julio 2008)<br />

7 Corte Constitucional de Colombia, Sentencia T-025-2004.

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